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¿Qué pasa si no cobré Fonavi en mi fecha según DNI ?

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   Rezagados : Se ha dispuesto una fecha adicional (viernes 29 de diciembre 2023 ) exclusivamente para rezagados. Es decir aquellos que por diversos motivos no se acercaron a cobrar en su fecha respectiva. Sin embargo, ¿ qué pasa si el fonavista no acudió a ninguna fecha del cronograma establecido? Fuera de  plazo  Aquellas personas que no lograron cobrar en la fecha estipulada, de acuerdo al número de su DNI, no perderán su pago.   Podrán acudir otro día a las agencias del Banco de la Nación y recibir su dinero sin problema. ...   No importa si se me pasó el día del cronograma de pago, su dinero va a seguir en el banco.  Se puede acercar otro día que es lo recomendable de repente para que no haya colas.  Después del  último  dia del Cronograma , pueden acercarse en cualquier momento” , enfatizó Eduardo Gaytán, representante de la Comisión Ad Hoc. Vea también   :  Resumen  Fonavi 

¿ Cualquier comportamiento del empleador que encaje en causal de discriminación descrita dentro de .. "cualquier otra índole” / “cualquier otra distinción”, es sancionable ?

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Actos de discriminación  No. Tal conducta no  debe tener  sustento en una  justificación objetiva y razonable. Sustento :  De allí que resulta trascendente lo señalado por el Tribunal Constitucional en su línea jurisprudencial, como por ejemplo en las sentencias recaídas en los expedientes Nros. 0008-2005-AI y 05652-2007-PA/TC, y a que exige, para la califi cación de un comportamiento como discriminatorio (y, por ende, contrario al ordenamiento vigente) que se determine que tal conducta no se sustente en una justificación objetiva y razonable. En tal sentido, solo cuando la desigualdad de trato no sea razonable ni proporcional, estaremos ante una discriminación y, por tanto, frente una desigualdad de trato constitucionalmente intolerable Norma   : Res   Nº 014-2023-SUNAFIL/TFL Publicado   : Jueves  28 Diciembre  2023 Precedente  vinculante Sunafil  Descargar  Resolución  aqui

¿ Las empresas del Estado con trabajadores bajo Régimen 728 , no están sujetas ha sanción por Sunafil debido a discriminación remunerativa?

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  Norma : Res   Nº 014-2023-SUNAFIL/TFL Publicado   : Jueves 28 Diciembre 2023 Precedente administrativo vinculante. Del caso : Una empresa argumenta  que por   pertenecer al holding de FONAFE,   no le corresponde establecer remuneraciones ni políticas remunerativas ¿ Es correcto  eso ? En parte .. Según Sunafil los dispositivos normativos vigentes, no han hecho ninguna distinción específica respecto a las entidades públicas o empresas del Estado que lo eximan de responsabilidad por este tipo de incumplimientos. La excepción  :   Salvo que se haya acreditado con elementos de prueba alguna insuficiencia en la asignación presupuestal, autorización de gasto y ejecución, en los términos indicados en el precedente administrativo de observancia obligatoria establecido en la Resolución de Sala Plena Nº 002-2021-SUNAFIL/TFL (fundamento 39, 40 y 41), ¿ Que dicen esos funcionarios  ?  En resumen las entidades públicas deben demostrar mediante documentos  , el trámite realizado para cumplir con

El tiempo utilizado para el cambio de uniforme de trabajo ,

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  Norma : Res   Nº 016-2023-SUNAFIL/TFL Publicado   : Jueves 28 Diciembre 2023 Precedente administrativo vinculante. ¿ El tiempo utilizado para el cambio de uniforme de trabajo y/o ponerse los elementos es parte de la jornada  trabajo , es aplicable  en todos los casos? No. Requisitos   El tiempo utilizado para el cambio de uniforme de trabajo y/o ponerse los elementos de seguridad, en general, requeridos para el cumplimiento de sus funciones y que realizan en el centro laboral, formarían parte de la jornada de trabajo cuando constituyan una obligación para el trabajador, en virtud de alguna o algunas de las siguientes causas: a) Que el uso de tales implementos obedezca a una obligación consignada en el Reglamento Interno de Trabajo de la empresa, política escrita o a través de una orden verbalmente impartida. b ) Que el uso del uniforme de trabajo sea exigido por el empleador por razones de imagen corporativa, atención al público, requerimiento de clientes, etc. c) Que se puedan de

Reglamento licencia fallecimiento de familiares en el Sector Privado

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  Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de la Ley N° 31602, Ley que establece la licencia por fallecimiento de familiares en el Sector Privado Norma : D.S. Nº 013-2023-TR Publicado     Domingo  24 Diciembre  2023 Resumen :  Por  Ley Nº 31602 se establece  la licencia por fallecimiento de familiares en el Sector Privado, determina que dicha licencia se otorga a los/las trabajadores/as por el fallecimiento del cónyuge, de los padres, los hijos y los hermanos. De conforme a lo dispuesto en la Única Disposición Complementaria Final de la referida ley, corresponde aprobar un reglamento que contenga las normas complementarias respectivas. Del Reglamento  :  1. Duración   . El trabajador/a tiene derecho a ausentarse de su puesto de trabajo con ocasión del fallecimiento de su cónyuge, padres, hijos/as y hermanos/as por un plazo de cinco días calendario. 2. Remuneración    : Licencia con goce de su remuneración. 3. Ámbito de aplicación   : Es aplicable  a trabajadores/as del sector privado

Anuncian nueva fecha de pago para otro grupo de beneficiarios del Fonavi ¿quiénes cobrarán?

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  Fonavi :  Presidente de la Federación de Fonavistas adelantó  que un grupo adicional, que no había sido considerado en el Grupo 20 de Pago, cobrará sus aportes en las próximas 2 semanas. El 4 de enero del 2024 un nuevo grupo de beneficiarios  recibirá la devolución de sus aportes al Fonavi :  "..Van a cobrar aquellos fonavistas que salieron en un anterior padrón.  Pero por diversos motivos no cobraron antes.  Entonces como (en este actual padrón del Grupo 20 de pago) los dejaron. Se acordó en la Comisión Ah Hoc que a partir del 4 de enero un adicional se va a incorporar a ese proceso”.. manifestó Luzuriaga  Lea también  ... Devolucion de aportes del Fonavi   Resumen  2023    Ver aqui

Padrón Nacional de Fonavistas grupo 20

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  Resolución Administrativa que aprueba el Padrón Nacional de Fonavistas Beneficiarios - Vigésimo Grupo de Pago Norma : Res. Adtva Nº 001-2023/CAH-LEY Nº 29625 Publicado   ; Sábado  16 Diciembre  2023 Resumen   : Secretaría Técnica a comunicar al Banco de la Nación para que proceda al pago de los Fonavistas que integran el Vigésimo Grupo de Pago , a partir del 21 de diciembre de 2023.  Para consultar la información  deberá ingresar a través de la página web   www.fonavi-st.gob.pe y/o www.fonavi-st.pe Ingresar aquí Ir  al módulo de consulta, opción: “Consulte aquí si es beneficiario del Grupo de Pago Nº 20 – Diciembre 2023”, con el número de documento de identidad del Fonavista Titular. Leer norma aqui Lea también  ... Devolucion de aportes del Fonavi   Resumen  2023    Ver aqui