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Mostrando entradas de marzo, 2020

¿ Ya cumplió con informar a los trabajadores de la política remunerativa de su empresa?

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El empleador debe cumplir con informar a sus trabajadores sobre la política salarial o remunerativa implementada, así como los criterios de las evaluaciones de desempeño o de otro tipo que tengan impacto en sus remuneraciones. Para ello, pueden conducir reuniones informativas individuales o colectivas o enviar comunicaciones escritas con los detalles de la política aplicable. Esta información debe proporcionarse al momento del ingreso del trabajador. No constituye requisito indispensable que la política remunerativa a ser comunicada a los trabajadores contenga los montos que forman parte de la estructura salarial . Base legal : Decreto Supremo Nº 002-98-TR , articulo    10 Cómo hacerlo? 2.1.- Reuniones informativas Para ello, usted puede acreditar que dicha comunicación se realizó mediante reuniones informativas individuales o colectivas o vía comunicaciones escritas o digitales con los detalles de la política aplicable. Dicha comunicación se debe

¿ Es obligatorio la capacitación al ingreso de un nuevo trabajador sobre el hostigamiento sexual en la empresa?

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Capacitación contra el hostigamiento sexual en la empresa Las instituciones brindan como mínimo las siguientes capacitaciones para prevenir situaciones de hostigamiento sexual: a) Una (1) capacitación en materia de hostigamiento sexual  ¿En qué momento de la relación laboral? Al inicio de la relación laboral, educativa, formativa, contractual u otra relación de autoridad o dependencia.  ¿Cuál es el objetivo? Estas capacitaciones tienen como objetivo sensibilizar sobre la importancia de combatir el hostigamiento sexual, identificar dichas situaciones y brindar información sobre los canales de atención de las quejas o denuncias.  I nfracción sociolaboral  El inspector de trabajo verifica que el sujeto inspeccionado haya cumplido con las siguientes obligaciones de capacitación: a.- Una (1) capacitación en materia de hostigamiento sexual al inicio de la relación laboral, conforme a los términos establecidos en el literal a) del numeral 11.1 del artículo 11 del

¿ Que obligaciones laborales tiene el empleador al contratar a nuevos trabajadores?

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La legislación laboral peruana tiene multiples y varias obligaciones. Esto cubre campos relacionados con la Sunat Sistema de pensiones Sistema de salud Con relación a la seguridad y salud en el trabajo El pensar que las unicas obligaciones son : Hacerle firmar su contrato Registrarlo en el PDT PLAME Pagarle su remuneración Es una visión muy simple de  una obligación que tiene mas temas por cumplir por parte del empleador. ¿ Que hace usted cuando contrata a un nuevo trabajador? El hacerle firmar su contrato de trabajo es infaltable. Pero  ¿ Sabia que puede tener personal si contrato escrito firmado? Hay obligaciones adicionales que estan relacionadas con entidades como : Sunat EsSalud SIS ONP AFP Entidad Prestadora de salud ( EPS) Banco o entidad financiera Tambien esta obligado a dar capacitación al inicio de la relación laboral ¿ Que no lo sabia? Por ejemplo : Informar sobre la politica salarial Informar sobre las reglas laborales en la empresa Inf

Manual obligaciones laborales del empleador al ingreso de nuevos trabajadores 2020

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Documento en formato PDF 161  paginas                                                 ----------  contenido -------- Obligaciones  generales  El contrato de trabajo Deposito remuneración entidad financiera La Compensación por tiempo de servicios Obligaciones ante la SUNAT ¿ Se tiene obligaciones con la SUNAT al contratar a un nuevo trabajador? Obligaciones ante el Sistema de Salud El sistema de salud en el ámbito laboral peruano esta muy orientado al EsSalud , pero existe otras opciones. ¿ Cuales son? Obligaciones ante el sistema de Pensiones Es obligación del trabajador elegir un sistema de pensiones , de los vigentes a la fecha. ¿ Como debe hacerlo? ¿' Que papel tiene el empleador? Obligaciones por normas de seguridad y salud en el trabajo El centro de trabajo debe ser un lugar seguro , por lo cual el empleador debe cumplir determinadas obligaciones , pero la legislación lo a condicionado a determinados requisitos ... Casos especiales :

¿ Una renuncia debe ser aprobada o aceptada por el empleador?

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En una empresa ,  se estima por costumbre que toda renuncia de algun trabajador , debe ser aprobado por el directorio . Si el directorio no lo aprueba, la renuncia no tiene efecto y el trabajador debe continuar laborando. ¿ Es esto correcto? No. La renuncia es un derecho del trabajador, al ejercer su libertad al empleo. La libertad en la decisión , implica que es voluntaria. ¿ Pero la ley indica que el empleador tiene un plazo de 03 dias para contestar la renuncia? Si. Pero este plazo es para exonerar al trabajador de continuar laborando por 30 dias . Esto con la finalidad que el empleador consiga el reemplazo de dicha persona . No con el objeto de aprobar o rechazar la decisión de no continuar laborando en dicho " lugar" .... Mas información en... Manual la renuncia laboral 2020 Documento indispensable si : Usted es  trabajador  y desea dar por terminada su relación laboral Usted es  empleador  y desea conocer los pasos que debe seguir para a

Guía para la prevención del Coronavirus en el ámbito laboral

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La Res. 055-2020-TR (Disposición publicada el . 9-3-2020) ha aprobado la “Guía para la prevención del Coronavirus en el ámbito laboral”. ¿ Cual es la finalidad?  Esto a  fin de establecer las medidas que orienten a los empleadores y trabajadores para prevenir los efectos del Coronavirus en el ámbito laboral sin la necesidad de paralizar sus actividades. Puede visualizarse la Guía en el portal web del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, www.gob.pe/mtpe. Para recordar : Cabe recordar que el último domingo, el Ministerio de Salud confirmó el séptimo caso de coronavirus en Perú. Se trata de seis miembros del círculo del primer infectado, todos en Lima, y de un ciudadano en Arequipa, que llegó de Londres. El primer caso de coronavirus COVID-19 en el país fue confirmado, la mañana del 6 de marzo, por el presidente Martín Vizcarra, mediante un mensaje a la nación. Lima, 6 de marzo de 2020 VISTOS: El Informe Nº 0037-2020-MTPE/2/15.2 de la Dirección de Segurida

¿ El comité de obra puede exigir a la empresa que se deje de aportar al CONAFOVICER?

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No. El comité de obra no tiene autoridad para exigir a la empresa que deje de cumplir con una obligación legalmente establecida. ¿ Y donde se establece esta obligación? Resolución Sup.   001-95-MTC ( 06/11/95) Retención de aportes Para recordar: Aporte al comité Nacional de Administración del fondo para la construcción de vivienda y centros recreacionales para los trabajadores de la construcción civil del Perú ( Conafovicer) , está a cargo de los trabajadores de construcción civil . Retención:   Las retenciones se hacen al momento de pagar al trabajador. Son agentes de retención la empresa que contrata a los trabajadores de Construcción civil. Base imponible : Jornal básico el que al 13 de Agosto 2019 Categoria Monto Diario Operario S/. 70.30 Oficial S/. 55.40 Peones S/. 49.70 Tasa :  Equivale al  2 % sobre el jornal básico ,. Documento de 457  paginas en formato PDF En formato Excel :  a.-