¿ Liquidación por despido arbitrario?

 


El despido arbitrario 

Si  la empresa  despide a un trabajador arbitrariamente o sin justificación,, en la liquidación  de beneficios  sociales ,además de la CTS, vacaciones y gratificación trunca, se suma el concepto de indemnización.


El derecho  :Si es despedido arbitrariamente o sin causa, lo adicional es una indemnización por despido.

Esta indemnizacion aplica a todo trabajador que labore por lo menos 4 horas al día y que haya superado el periodo de prueba, que generalmente es 3 meses, o en cargos de confianza es hasta 6 meses, o para cargos de dirección o gerente es hasta 12 meses

Despido Trabajador  antiguo  La indemnización por despido se calcula sobre la base de un sueldo y medio por año trabajado, en caso de haber tenido contrato indefinido, con un tope de 12 sueldos. 

No aplican descuentos de ley como IR( Impuesto  a la renta 5ta categoría  ) ,ni por aporte de pensiones y el cálculo también se puede hacer por meses o días.

Trabajador contrato  a plazo fijo  En caso de contrato a plazo fijo ( sujeto a modalidad tempora ),si el trabajador es cesado sin causa antes de vencer el plazo previsto, la indemnización se calcula en función a los meses que faltan para el vencimiento del contrato. 

Este equivale a un sueldo y medio por cada mes faltante, con un tope de 12 remuneraciones.

El despido justificado  En caso de despido con justificación por faltas previstas en la ley cometidas por el trabajador, el cálculo es igual que en la renuncia.

Es decir, no aplica indemnización.


 

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