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Dictan ley del ejercicio profesional del trabajador social Ley 30112

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Ley del ejercicio profesional del trabajador social Norma : Ley 30112 Publicado :  28/11/2013 Vigencia  :  29/11/2013 ============================ Ambito de aplicación : Para los profesionales de esta actividad que laboren en el sector Público y Privado. Requisitos para el ejercicio profesional del trabajador social : a.- Titulo profesional Universitario a Nombre de la Nación b.- Inscrito y habilitado en el Colegio trabajadores sociales del Perú Derechos laborales : Todos los vigentes en el régimen laboral del sector privado o Público según sea el caso. Denominaciones similares : La denominación " Trabajador social " y " asistente social " son sinónimos .

Indemnizacion por vacaciones no gozadas : oportunidad de pago

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ver Manual Vacaciones Anuales Pulse aqui La indemnización vacacional debe cancelarse inmediatamente luego del año en que el trabajador debió gozar del descanso físico respectivo   y no lo hizo.   No se requiere de la extinción de la relación laboral para que el trabajador   pueda reclamar dicha indemnización. Si bien la norma [1] no establece expresamente el momento en que debe hacerse efectivo el pago, por aplicación del principio e “ in dubio pro operario “ [2]   y “ El principio tuitivo” [3] , debe interpretarse en el sentido de que el pago corresponde hacerse efectivo en el momento que se generó el derecho.   Al no cumplirse dicho pago y en el supuesto caso que se desarrolle una visita inspectiva de trabajo , el empleador será pasible de una multa administrativa por incurrir en infracción socio laboral. Base legal : R.D. 96-2013-MTPE/1/20.4 [1]   Inciso c 9 , articulo 23 Decreto Legislativo 713 [2] Establece que cuando existan dudas razonables e

Elecciones Municipales Noviembre 2013 Facilidades para miembros de mesa

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Otorgan facilidades a miembros de mesa y medidas en el marco de las nuevas elecciones municipales para la Municipalidad Metropolitana de Lima ,para cumplir el periodo de gobierno Municipal 2011-2014 ====================================== Norma : D.S. 011-2013-TR Publicado : 21/11/2013 Vigencia  :  22/11/2013 1.- Miembro de mesa Si usted es miembro de mesa el D.S. 011-2013-TR establece el que el día lunes 25 de Noviembre 2013 es día no laborable compensable   (*) para los miembros de mesa ( Es indistinto si es titular o suplente ). El empleador deberá pagar dicho día como asistido , sujeto a compensación de las horas dejadas de laboral. El requisito para que proceda el pago es entregar a su empleador después de las elecciones el certificado de participación que le deberá otorgar la ONPE. En caso de no entregar dicha constancia al empleador , se le considerada como ausencia ,no sujeta a pago alguno por dicho día. 000000000000000000000000000000000000000000000000000000

D.S. 009-2013-TR modifica el reglamento de O y F SUNAFIL

Decreto supremo que modifica el reglamento de organización y funciones de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral. Publicado : 25/10/2013 Vigencia  :  26/10/2013 =============== Evolución legal del SUNAFIL Ley 29981  Ley que crea el SUNAFIL D.S. 003-2013-TR  Transferencia de competencias y plazos de vigencia de nuevas funciones SUNAFIL D.S. 007-2013-TR  Reglamento de Organización y Funciones. ¿ Por que el D.S. 009-2013-TR? Siendo las competencias del SUNAFIL a nivel nacional . el reglamento de organización y funciones debe detallar los órganos y unidades a nivel regional , situación que no es precisada en el D.S. 007-2013-TR En consecuencia el D.S. 009-2013-TR modifica el contenido del reglamento de organización y funciones de SUNAFIL precisando los órganos y unidades a nivel regional y Lima Metropolitana, así como la posibilidad de crear unidades y equipos de inspección especializados por áreas de competencias. _____________________________________________

Causas de traspaso de AFP habitat

Situaciones por las cuales los trabajadores incorporados al sistema privado de pensiones   y afiliados a la AFP de menor comisión por administración de su fondo pensionario ( en este caso AFP Habitat ) , mediante el proceso de licitación , podrán traspasarse ( cambiarse ) a otra AFP durante el periodo de permanencia obligatoria. ]]]]]]]]]]]]]]]]]]]]]]]]]]]]]]]]]]]]]]]]]]]]]]]]]]]]]]]]]]]]]]]]]]]]]]]]]]]]]]]]]]]]]]]]]]]]]]]]]]]] Se podrá iniciar el trámite de traspaso a partir de la fecha en que cumpla 180 días calendario de la permanencia en la AFP adjudicataria de la licitación ( AFP Habitat) , Requisito : Siempre que a la fecha de consulta en la web de la AFP Habitat , se verifique la rentabilidad neta de comisiones por tipo de fondo sea menor al comparativo del mercado.   Sobre el aplicativo a desarrollar en la web por AFP Habitat Para que el afiliado realice la consulta sobre la rentabilidad neta de comisiones la AFP Habitat deberá desarrollar y poner en funcionamiento un a

Se modifica el procedimiento de informacion del sistema pensionario ante el ingreso de un nuevo trabajador

Cuando una persona ingresa como trabajador a la empresa , debe informar del sistema pensionario en el cual se encuentra inscrito. Res 6202-2013 (Publicado 17/10/2013) 1.- Trabajador con régimen pensionario elegido a.- Obligación del empleador . Cuando un trabajador ingrese a laborar a un centro de trabajo, el empleador deberá obligatoriamente requerirle que, a partir de su registro en la Planilla Electrónica ( P.E.) le informe por escrito el   sistema pensionario en el que se encuentra incorporado ( ONP / AFP) , con indicación de la AFP a la que está afiliado de ser el caso.   2.- Trabajador sin régimen pensionario elegido a.-Obligación del empleador . El empleador deberá entregar el “Boletín informativo elección sistema pensionario”   y procederá a solicitarle su decisión sobre el sistema pensionario elegido   mediante el llenado del “formato de elección del sistema pensionario “( R.M. 112-2013-TR ).   b.- Obligación del trabajador . El trabajador ten

Normas complementarias para el registro de obras de construccion civil RENOCC

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 Manual regimen construccion civil Pulse aqui Establecen normas complementarias para la adecuada implementación del “ Registro Nacional de Obras de Construcción Civil ( RENOCC) Norma : R.M. 177-2013-TR Publicado : 16/10/2013 Vigencia : Al entrar en vigencia el D.S. 008-2013-TR [[[[[[[[[[[[[[[[[[[[[[[[[[[[[[[[[[[[[[[[[[[[[[[[[[[[[[[ Lo siguiente se aplicara en la inscripción en el RENOCC , de empresas contratistas y sub contratistas respecto a las obras de construcción civil que desarrollen. Para recordar: Por D.S. 008-2013-TR se crea el RENOCC , aprobando su reglamento Este registro reemplazara al Registro Nacional de empresas Contratistas y subcontratistas de construcción civil establecido por D.S. 004-2007-TR Sobre la vigencia del D.S. 008-2013-TR Su vigencia es recién a los 120 días de su publicación (Esta norma fue publicada en el diario Oficial El Peruano el 04/09/2013) [[[[[[[[[[[[[[[[[[[[[[[[[[[[[[[[[[[[[[[[[[[[[[