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Mostrando las entradas etiquetadas como sector Público docente

Docentes Universidades Públicas recibieran recibirán CTS con remuneración completa

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   Sector Público  Educación  Los profesores de universidades públicas recibirán una Compensación por Tiempo de Servicios (CTS), al momento de su cese, equivalente al 100% de su remuneración mensual, por cada año de servicios o fracción, conforme a la categoría y a su régimen de dedicación . Congreso  de la República    Así lo dispone la autógrafa aprobada por el Pleno del Congreso que propone incorporar los artículos 96-A, 96-B y 96-C en la Ley N° 30220, Ley Universitaria, a fin de establecer beneficios laborales para el docente ordinario. Más sobre la autografa    Se trata del dictamen recaído en los proyectos de ley 1376, 1454, 1651, 1691, 2632 y 3877 sustentado por el presidente de la Comisión de Educación, Juventud y Deporte, ; y el titular de la Comisión de Presupuesto y Cuenta General de la República,  La propuesta de incorporación del artículo 96-B sobre la asignación por tiempo de servicios establece que “el docente ordinario recibe una asignación equivalente a 02 remuneracion

Eliminan límite de edad para ejercer docencia universitaria en sector público

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  Sector Público Educación  Universitaria  Límite de edad ejercicio  docencia  Universitaria  Norma : Ley Nº 31542 Ley que modifica el artículo 84 de la ley 30220, ley universitaria, para eliminar el límite de edad máxima para el ejercicio de la docencia universitaria Publicado   : 04/08/2022 Ver norma legal aqui  Por Ley Nro 31542 ( publicado  en el diario oficial  El Peruano  04/08/2022 ) , se modifica el límite de edad para ejercer la  docencia en la universidad pública ,esto aplicable  para el nombramiento de los profesores ordinarios , profesores auxiliares,  para los asociados y  para  los profesores principales.  El cual era de   70 años. Pasada esta edad solo podian ejercer la docencia bajo la condición de docentes extraordinarios y no podrán ocupar cargo administrativo. A partir del 05/08/2022 , No hay límite de edad para el ingreso ni cese en el ejercicio de la docencia universitaria. Incorporación de docentes afectados   : Se deberá incorporar  sin ninguna restricción y con

Congreso: proponen que el retiro de la carrera magisterial sea a los 60 años en vez de 65 años

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  Proyecto de ley presentado por la bancada del Bloque Magisterial señala que es necesaria una renovación generacional de los docentes. La bancada del Bloque Magisterial, por intermedio de la congresista Lucinda Vásquez, presentó este lunes un proyecto de ley que propone establecer que la edad para el retiro de la Carrera Pública Magisterial de los profesores del Estado sea a los 60 años, en vez de los 65 años como es actualmente. .Para ello propone la modificación del artículo 53° literal d) de la Ley N° 29944, Ley de Reforma Magisterial, en el sentido de que el retiro de la Carrera Pública Magisterial de los profesores se produce, entre otros casos, “por límite de edad, al finalizar el año escolar en que el servidor cumple 60 años”. En su exposición de motivos, la legisladora Vásquez Vela señala que “es necesario efectuar una renovación generacional de los docentes a nivel nacional”. “ Se necesita –dice– una nueva casta de jóvenes profesores que se encuentren adaptados a los nuevos p

Pago bonificación docente sector público

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  Sector Público  Educación  Ley  que reconoce el derecho y dispone el  de la bonificación especial por preparación de clases y evaluación, bonificación adicional por desempeño del cargo y por preparación de documentos de gestión, sin la exigencia de sentencia judicial y menos en calidad de cosa juzgada Norma       : LEY Nº 31495 Publicado :  16/06/2022 Ver aqui   Pago de bonificación Los docentes, activos, cesantes y contratados, beneficiarios de las bonificaciones dispuestas en el artículo 48 de la Ley 24029, reciben el pago de dicho beneficio en base a su Remuneración Total. ¿ Qué es Remuneración  Total? La Remuneración Total es aquella que está constituida por la Remuneración Total Permanente y los conceptos remunerativos adicionales otorgados por ley expresa, los mismos que se dan por el desempeño de cargos que implican exigencias y/o condiciones distintas al común.   Periodo de aplicación Desde el 21 de mayo de 1990 hasta el 25 de noviembre de 2012. Sobre los procesos judiciales