Medidas disciplinarias y la dignidad en el trabajo
Nuevo precedente Administrativos
De Observancia Obligatoria para funcionarios de Sunafil
Tribunal de Fiscalización Laboral
Sala Plena
Resolución de Sala Plena Nº 002-2023-Sunafil/TFL
Acto de hostilidad
Resumen : Existe acto de hostilidad cuando se despliegan medidas disciplinarias contra trabajadores sin haberse seguido un procedimiento que cumpla con los derechos fundamentales a la defensa, al debido proceso o a la prueba.
Estos derechos constitucionales deben tener plena vigencia en la relación de trabajo, conforme con el tercer párrafo del artículo 23 de la Constitución.
En ese sentido, la autoridad instructiva y sancionadora, durante la tramitación del procedimiento sancionador respectivo, deberá examinar que en la inspección de trabajo donde se analice la presunta comisión de actos de hostilidad en contra de trabajadores sancionados con medidas disciplinarias; se haya verificado si previamente a la imposición de la sanción, el empleador siguió un debido procedimiento cautelando el derecho a la defensa y a la prueba; preservándose el ejercicio disciplinario que sea justo y respetuoso de tales derechos.
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