Medidas disciplinarias y la dignidad en el trabajo

   

Nuevo precedente Administrativos

De Observancia Obligatoria  para funcionarios de Sunafil


Tribunal de Fiscalización Laboral

Sala Plena

Resolución de Sala Plena Nº 002-2023-Sunafil/TFL

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Acto de hostilidad 

Resumen : Existe  acto de hostilidad cuando se despliegan medidas disciplinarias contra trabajadores sin haberse seguido un procedimiento que cumpla con los derechos fundamentales a la defensa, al debido proceso o a la prueba.

Estos  derechos constitucionales  deben tener plena vigencia en la relación de trabajo, conforme con el tercer párrafo del artículo 23 de la Constitución.

En ese sentido, la autoridad instructiva y sancionadora, durante la tramitación del procedimiento sancionador respectivo, deberá examinar que en la inspección de trabajo donde se analice la presunta comisión de actos de hostilidad en contra de trabajadores sancionados con medidas disciplinarias; se haya verificado si previamente a la imposición de la sanción, el empleador siguió un debido procedimiento cautelando el derecho a la defensa y a la prueba; preservándose el ejercicio disciplinario que sea justo y respetuoso de tales derechos.

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