Prorroga Protocolo Covid-19 Poder Judicial Octubre 2022

 Poder Judicial

 Protocolo que regula la reactivación de las actividades de los órganos jurisdiccionales y administrativos con posterioridad al levantamiento de la Emergencia por COVID-19: Prórroga Mes  Octubre 2022



Base legal : Res. Adm. 000363-2022-CE-PJ 

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Publicado :  04-10-2022

Resumen : Se ha prorrogado, a partir del 1-10-22 hasta el 31-10-22, la vigencia del Protocolo denominado “Medidas de reactivación de los órganos jurisdiccionales y administrativos del Poder Judicial, posterior al levantamiento del aislamiento social obligatorio  

Medidas Administrativas 

1.Personal no riesgo Covid-19   Las labores jurisdiccionales y administrativas de los jueces, juezas y personal auxiliar del Poder Judicial, se efectivizará en forma presencial durante toda la jornada de trabajo.

− Los jueces y juezas atenderán presencialmente o a través de la herramienta informática “El Juez te escucha, programa tu cita”, a los abogados y partes procesales. 

El personal jurisdiccional y administrativo atenderá presencialmente a los abogados y partes procesales.

− Las labores del personal jurisdiccional y administrativo se efectivizarán en forma presencial en la jornada laboral de 08 horas diarias, y una hora de refrigerio que no se computará como parte de la jornada laboral.


2.Personal riesgo  Covid-19  Los jueces, personal jurisdiccional y administrativo con factores de riesgo, considerados vulnerables  x de acuerdo a la nueva evaluación clínica, realizarán trabajo presencial; y excepcionalmente trabajo remoto, según la respectiva normativa.


Atención  a usuarios 

1.Mesa de Partes   La recepción de documentos se realizará mediante la Mesa de Partes Electrónica para todas las especialidades o materias, pudiendo realizarse estos ingresos con documentos firmados digitalmente o con firma gráfica escaneada. 

Asimismo, se implementan mesas físicas en las cuales se recibirá la documentación de manera excepcional, cuando no sea posible su recepción en forma virtual, a las cuales se accede mediante el aplicativo de Citas Electrónicas para Mesas de Partes.


2.Audiencias   Las audiencias que se programen en los órganos jurisdiccionales se llevarán a cabo de forma presencial y, excepcionalmente, de manera virtual en la sede judicial respectiva. 

Para las audiencias presenciales, la Presidencia de la Corte Suprema de Justicia y de las Cortes Superiores deberán adoptar las medidas sanitarias y de seguridad para tal efecto a fin de preservar la salud de jueces, personal y usuarios judiciales. 

Las audiencias virtuales se realizan a través del aplicativo Google Meet. 

Bajo ningún concepto se suspenderán las audiencias y vistas de causa programadas.

3. Notificaciones  Todas las notificaciones deben efectuarse, sin excepción, cualquiera sea la especialidad o materia, a través del Sistema de Notificaciones Electrónica – SINOE.

4.Recepción  de demandas  En las materias en las que la defensa no es cautiva (defensa que no requiere del asesoramiento de abogados) la Corte Superior podrá habilitar correos electrónicos para la recepción de demandas y escritos.

 Este medio no es aplicable para instituciones o litigantes que tienen acceso a la Mesa de Partes Electrónica.


Juzgados  de Paz : Distritos Judiciales   Los Juzgados de Paz de los Distritos Judiciales , además de las funciones y competencias habilitadas en la Res. Adm. 000181-2020-CE-PJ, prestan el servicio de dar fe de los actos y decisiones que adopten en asamblea las organizaciones sociales o comunales dentro de su jurisdicción.


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