Poder Judicial prorroga trabajo interdiario y remoto hasta el 31 de agosto

 


Con esta medida laboral buscan preservar la salud de jueces, personal y público en medio de la pandemia del COVID-19


Según la Resolución Administrativa 000240-2021-CE-PJ, publicada en boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano, esta medida tiene la finalidad de preservar la salud de jueces, personal y público

Además, se enmarcan en el protocolo “Medidas de reactivación de los órganos jurisdiccionales y administrativos del Poder Judicial, posteriores al levantamiento del aislamiento social obligatorio establecido por el Decreto Supremo 044- 2020-PCM y prorrogado por los decretos supremos 051 y 064-2020- PCM”.


La norma señala que en el caso de la presencial interdiaria, la presidencia del Poder Judicial y los titulares de las cortes de justicia pueden establecer un horario de trabajo de acuerdo a su realidad y ubicación geográfica.

Para el desarrollo de este tipo de labor se deberán considerar turnos o medidas que permitan mantener el distanciamiento físico de un metro y medio entre los asistentes, además del uso permanente de la doble mascarilla quirúrgica, debiéndose adoptar las medidas necesarias para prevenir el contagio.


La norma agrega que desde el 1 de agosto se autoriza la realización de ceremonias oficiales presenciales que se consideren necesarias, siempre que se conserve el distanciamiento físico de un metro y medio entre los participantes, además del uso permanente de la doble mascarilla quirúrgica, para prevenir el contagio.

También dispone los viajes al interior del país de jueces, funcionarios, servidores y demás personal auxiliar, en comisión de servicios u actividades oficiales.

Asimismo, las salidas al extranjero de la presidenta del Poder Judicial, jueces, funcionarios y servidores, cuando sean debidamente justificados por necesidades del servicio.


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