Conservación documentos laborales ¿ Por cuánto tiempo?
Documentos laborales
De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nro 131O, para todo efecto legal los empleadores están obligados a conservar los documentos y constancias de pago de las obligaciones laborales económicas hasta cinco años después de efectuado el pago.
En esa sentido , los órganos jurisdiccionales vienen señalando que el periodo de conservación de documentos laborales es de cinco años, no pudiéndose exigir a un empleador la exhibición de documentos con una mayor antigüedad pues de hacerlo se estaría cometiendo un abuso de las presunciones establecidas en la Nueva Ley Procesal de trabajo.
Este mismo criterio debe ser observado en sede administrativa.
El caso del Ministerio de trabajo o la Sunafil.
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