Conservación documentos laborales ¿ Por cuánto tiempo?

 Documentos laborales 


De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nro 131O, para todo efecto  legal los empleadores están obligados a conservar los documentos y constancias de pago  de las obligaciones laborales económicas hasta cinco años después de efectuado el pago.


En esa sentido , los órganos jurisdiccionales vienen señalando que el periodo de conservación de documentos laborales es de cinco años, no pudiéndose exigir a un  empleador la exhibición de documentos con una mayor antigüedad pues de hacerlo se estaría cometiendo un abuso de las presunciones establecidas en la Nueva Ley Procesal de  trabajo. 

Este mismo criterio debe ser observado en sede administrativa.

El caso del Ministerio  de trabajo  o la Sunafil.



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