¿ Una renuncia debe ser aprobada o aceptada por el empleador?


En una empresa ,  se estima por costumbre que toda renuncia de algun trabajador , debe ser aprobado por el directorio .

Si el directorio no lo aprueba, la renuncia no tiene efecto y el trabajador debe continuar laborando.

¿ Es esto correcto?
No.
La renuncia es un derecho del trabajador, al ejercer su libertad al empleo.

La libertad en la decisión , implica que es voluntaria.

¿ Pero la ley indica que el empleador tiene un plazo de 03 dias para contestar la renuncia?
Si.
Pero este plazo es para exonerar al trabajador de continuar laborando por 30 dias .
Esto con la finalidad que el empleador consiga el reemplazo de dicha persona .
No con el objeto de aprobar o rechazar la decisión de no continuar laborando en dicho " lugar" ....


Mas información en...

Manual la renuncia laboral 2020





Documento indispensable si :

Usted es trabajador y desea dar por terminada su relación laboral

Usted es empleador y desea conocer los pasos que debe seguir para aplicar adecuadamente la renuncia de un trabajador en el empleo.

Documento vigente , en formato PDF
40 paginas.







=====  Contenido  =====

Nociones Generales
1.- Concepto
2.- Validez
3.- Aviso al empleador
3.1.- El plazo
3.2.- La exoneración
4.- La renuncia y la libertad del trabajo

El abandono de trabajo

La constatación Policial

Renuncia con incentivos
La "compra de la renuncia" y el otorgamiento de incentivos

La puesta a disposición del cargo

La renuncia en el contrato a plazo fijo

La renuncia en el periodo de prueba

Dudas laborales

Derechos del trabajador al renunciar
1.- Beneficios
2.- Documentos

Formatos relacionados:
Modelo de Carta de Renuncia sin exoneración del plazo de 30 días ( Por carta simple o notarial)
Modelo de Carta de Renuncia solicitando la exoneración del plazo de 30 días
Modelo de carta de aceptación de la renuncia : exonerando del plazo 30 días
Modelo de carta de aceptación de la renuncia : Sin exoneración del plazo 30 días

Normas legales relacionadas

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Costo Manual  " La renuncia laboral "

S/ 58.00 ( Cincuentiocho nuevos soles )

Forma de pago

Agencia Bancaria o en Agente  mas cercano a su domicilio o centro laboral
del Banco de Crédito o el Banco Continental ....

Procedimiento :
1.- Deposite el importe en la cuenta abajo indica.
2.- Escanee el Boucher del deposito y envíelo por email a : conrcc@gmail.com

3.- Debe llamar al 989827008  Lic Ricardo Candela Casas para informar del proceso de pago.
Se remite el documento y el aplicativo en Excel en 05 minutos a su correo personal.


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Deposite el importe en la cuenta del Banco de Crédito del Perú
Cuenta: Ahorros
Moneda : Soles
Numero : 194-04544476-0-78
Titular : Ricardo Candela Casas

Código Interbancario : 00219410454447607893

También puede realizar su deposito en los AGENTES BCP
( Todos los días de la semana incluso domingos y feriados).


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Deposite el importe en la cuenta Banco continental
Cuenta: Ahorros
Moneda : Soles
Numero : 0011-0814-0202472880
Titular : Ricardo Candela Casas

Código Interbancario : 011-814-000202472880-16

También puede realizar su deposito en los AGENTES BBVA
( Todos los días de la semana incluso domingos y feriados).

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Coordinaciones a : conrcc@gmail.com o al teléfono 989827008
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