¿ Que sucederia si no tienen comité contra el hostigamiento sexual en su empresa?
El empleador que a la fecha no ha establecido el comité contra el hostigamiento sexual en la empresa , ha incurrido en las siguientes faltas : Para recordar : Hasta el jueves 23 de enero 2020 el empleador a tenido plazo para que las empresas con 20 trabajadores o más implementen un comité contra el hostigamiento sexual. Si la empresa cuenta con menos de 20 trabajadores debió elegir un delegado. Las infracciones por no haber elegido el comité/ delegado contra el hostigamiento sexual a.- De índole laboral Ante una inspección laboral por parte de la SUNAFIL El no cumplir con esta medida se considerará como una infracción muy grave en materia de relaciones laborales, pudiendo ser sancionado por la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil) con una multa de hasta 45 UIT (S/ 193,500). b.- De índole Penal La responsabilidad penal por incumplimiento de conformación o elección del delegado. ¿ Cuando se configura esta situación? Esto se presenta