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Mostrando las entradas etiquetadas como compensacion tiempo servicios

Ley retiro fondos AFP y CTS aun en espera

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  ¿ Promulgar,observar o .. ignorar? El Gobierno tiene hasta el 26 de abril para promulgar u observar estas leyes referentes  al retiro de parte fondo AFP y  el 100 % de la CTS Las tres opciones  del gobierno.  ¿ Como actuaria el gobierno  en los  tres escenarios que podrían presentarse para acceder a dichos fondos ? Primer escenario: La promulgación  El primer escenar io que se presenta se da cuando el presidente de la República, Franc isco Sagast i decide promulgar las leyes.  De ser así, estas entran en vigenc ia al día siguiente de su publicación en El Peruano, o dentro del plazo establecido por la propia ley. Segundo escenario  : La ignora  Si en el plazo establecido de 15 días que vence el 26 de abril 2021 , el mandatario no se pronuncia, el presidente del Congreso o el presidente de la Comisión Permanente puede promulgar las por insistencia. Tercer escenario  : La  observa El último escenario se presenta cuando el jefe de Estado observa los proyectos de ley.  Sus observaciones

Se observara proyecto de retiro AFP y CTS

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  Ejecutivo observará leyes sobre retiro de fondos de las AFP y CTS aprobadas por el Congreso El ministro de Economía y Finanzas, Waldo Mendoza, anunció que el Ejecutivo observará las leyes sobre el retiro de fondos de las AFP y CTS aprobadas por el Congreso de la República. “Desde el punto de vista del Gobierno, vamos a observar ambas leyes. La ley del retiro de las AFP está debilitando al sistema de pensiones”, manifestó. Indicó que el Ejecutivo confía en la sensatez de la gente que tiene su dinero en las AFP y CTS. “Si sacan de su AFP, están sacrificando su jubilación. Si lo hacen de su CTS, están gastando su seguro de desempleo”, resaltó. “Estamos discutiendo en el Consejo de Ministros y presumimos que la norma de retiro de las AFP tiene visos de inconstitucionalidad porque afecta a los fondos de pensiones que son constitucionalmente intangibles”, refirió. Mendoza consideró que ambas acciones deberían hacerlo las personas que están absolutamente urgidas de dinero. “No debería

Retiro Compensación tiempo de servicios

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   Primer depósito del año. En mayo se realizará el primer depósito de la CTS de este año. Este beneficio les corresponde a todos los trabajadores formales en planilla. Plazo en proceso : Ejecutivo tiene hasta el 29 de abril para firmar ley que libera la CTS Congreso de la República envió al Ejecutivo la autógrafa de ley que autoriza la disposición de la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) a fin de cubrir las necesidades económicas causadas por la pandemia de la COVID-19. De esta manera, el Ejecutivo tendrá hasta el 29 de abril de este año para promulgar la norma. En caso se cuestione la autógrafa de ley, el Parlamento podrá aprobarlo por insistencia. De ser promulgada, todos los trabajadores, sin excepción, tendrán hasta el 31 de diciembre de este año para para poder retirar hasta el 100% de su CTS. En caso el Ejecutivo decida promulgar la iniciativa, deberá dictar las disposiciones reglamentarias de la norma en el plazo de 10 días calendario desde la entrada en vigencia de la

Ley retiro AFP y CTS autografa

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  Congreso envió autógrafa a PCM para ley para retiro de AFP y CTS Para recordar : El 30 de marzo 2021 ,  el Pleno del Congreso de la República aprobó ambas leyes. AFP ... La primera autoriza el retiro de hasta 4 unidades impositivas tributarias (UIT) de los fondos de las AFP, que equivalen a S/ 17,600. Así mismo , esta norma permite que los mayores de 40 años que no hayan aportado por cinco años al sistema previsional retiren hasta el 100% de sus fondos de pensiones. CTS También aprobó un retiro extraordinario del 100% de la CTS.  Esta medida está dirigida a dos grupos de trabajadores: los que se ubiquen bajo suspensión perfecta de labores y quienes perciban un salario menor a S/ 2,400 Envio de autografa al Ejecutivo. El Congreso de la República envío las las autógrafas de las leyes sobre el retiro de los fondos de las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) y la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) a la Presidencia de Consejo de Ministros (PCM), así se pudo compr

Congreso aprueba ley que permite el retiro del 100% de la CTS

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  ¿ Tiene usted Compensación  por  Tiempo  de servicios  donde trabaja? Un beneficio  para pocos ... La iniciativa autoriza a los trabajadores por única vez disponer de la totalidad de sus fondos hasta el 31 de diciembre 2021 La votación: Con 71 votos a favor, 12 en contra y 12 abstenciones el Pleno del Congreso de la República aprobó ( 30/03/2021) la ley que permite el retiro del 100% de la Compensación por Tiempos de Servicios (CTS). Tramite en el Congreso  La norma, que fue exonerada de ser aprobada en segunda votación, autoriza a los trabajadores por única vez y hasta el 31 de diciembre de 2021, disponer libremente del 100% de los depósitos por CTS en las entidades financieras. El Ejecutivo El  Ejecutivo al  promulgar la iniciativa, deberá dictar las disposiciones reglamentarias de la norma en el plazo de 10 días calendarios desde la entrada en vigencia de la ley. ¿ Que dice el proyecto? Parte del proyecto señala que se trata de una “ley que autoriza la disposición de la compensaci

¿ Que debe hacer el empleador si paga CTS a un trabajador que no le corresponde?

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  ¿ Y los depósitos indebidos? Alguien se equivoco… Devolución de montos entregados indebidamente al trabajador: ========================== ¿En el caso que una microempresa pague indebidamente a sus trabajadores ,CTS , dicho pago  podría ser devueltos al empleador  de alguna manera? En nuestra legislación vigente no existe norma alguna que recoja la posibilidad de la recuperación específica de los montos pagados indebidamente al trabajador. Los pagos efectuados por error, podrían ser considerados por el trabajador como un acto de liberalidad del empleador y, por lo tanto, tendría la facultad de negar su devolución. En tales casos, el empleador debería suscribir un convenio con el trabajador, por el cual  este le autoriza, previa y expresamente, a realizar el descuento de dichos montos de su remuneración mensual. Mas casos similares en ..    Manual Compensacion por tiempo de servicios Deposito Noviembre 2020. Usted recibira : Manual pdf  (114 paginas) Anexos   Planilla CTS en Excel Guia

Retiro de la CTS el.exceso de 4 remuneraciones

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  Procedimiento para el retiro de la CTS Algo que debe saber Lo que leera es solo aplicable a trabajadores del regimen laboral general de la actividad privada t de las pequeñas empresas.Mype. No.es aplicable a : Microempresa , regimen.Agrario y Regimen laboral.Construccion Civil. A partir del 25-6-2015 (fecha en que entró en vigencia la Ley 30334) los trabajadores comprendidos dentro de los alcances del TUO del D. Leg. 650 (LCTS) pueden disponer libremente del 100% del excedente de cuatro (4) remuneraciones brutas, de los depósitos por CTS efectuados en las entidades financieras. ¿ Que debe hacer el trabajador? El trabajador debe comunicar por escrito al empleador su decisión de disponer de la CTS. ¿ Que debe hacer el empleador? El empleador debe comunicar a la entidad financiera depositaria el monto intangible (no disponible) del trabajador.  Esta comunicación no debe exceder el plazo de tres (3) días hábiles contados a partir del requerimiento del trabajador . Base legaln:D.S. 012-20

Lo que debe conocer de la Compensacion por tiempo de servicios en el.Peru

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  Y nadie se lo.dice... Esto le interesara ... Para recordar ¿  Como se pagaba la CTS hasta el año 1990? El pago de la CTS era calculada desde el ingreso del trabajador hasta su cese. Haciendose un solo pago . El problema , por ser cantidades importantes de dinero originaba en muchos casos  el  no pago de esta obligacion. La historia cambio  ¿  Como es el.pago de la CTS desde el.año 1991 . Se cambia el esquena de un.solo pago por todo el tiempo de servicio al cese del trabajador. Ahora  : a.El pago es cada  06 meses b.Se paga a traves de entidad financiera c. Se permite cobro adelantado de cierto porcentaje . Mas detalles que debe conocer .. Periodo a depositar Semestral En.dos etapas De Noviembre hasta Abril del.sgte año De.Mayo hasta Octubre  Momento del.deposito En Mayo Para semestre Noviembre de un año hasta Abril del.año sgte. En Noviembre Para semestre Mayo a Octubre   Trabajador con menos de un mes de servicio. Sea para el deposito de Mayo o.Noviembre Solo.se depositara con 01 m

Lo basico de la compensacion por tienpo de servicios

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  Deposito de la conpensacion por tiempo de servicios   Noviembre 2020 Los conceptos  basicos   La renuneracion.a considerar ¿Qué remuneración se toma en cuenta? La remuneración que aparece en.su boleta   al  31   de  octubre. El tiempo de servicio a considetat De Mayo a Octubre 2020 ¿Qué días no son considerados para el cálculo? No  son  considerados los días  de suspensión  perfecta  de  labores Ejenplo : Los  días de licencia sin goce de haber  Ausencuas injustificadas Medidas disciplinarias ( suspension)   CTS Mayo pendiente ¿Cuánto debo pagar si posterge el deppsito   la CTS de mayo?       Junto con la CTS de noviembre, se          debera  pagar la CTS de mayo con       los intereses  que el depósito        hubiera ganado   de haberse efectuado       oportunamente. Fecha deposito ¿Hasta cuándo puedo hacer el deposito?            Hasta el lunes 16 de noviembre             de  2020.            ( El 15 de noviembre es un díia            no  habil  por ser domingo).        Incumplimie

Un trabajador ha cesado y no se le ha depositado la CTS de los 2 últimos años.

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¿Se le puede pagar la Compensación por Tiempo de Servicios  no depositada de forma directa con una liquidación incluyendo los intereses? ¿ Es obligatorio hacer los depósitos correspondientes en el Banco? __________________________________________________ Conforme  al art. 57 del TUO de la Ley de la CTS (D. Leg. 650), el monto adeudado y no depositado de la CTS sí podría otorgarse de manera directa al trabajador. En el supuesto de que el trabajador demande por la vía judicial su pago, dicho monto tendría naturaleza compensatoria. Al respecto, para que dicho monto tenga efectos compensatorios, deben cumplirse los siguientes requisitos: i) ser otorgado al cese del trabajador o en un momento posterior, ii) la entrega de dicho monto debe ser a título de liberalidad y de manera incondicional y iii) debe constar en un documento de fecha cierta. Precísese que no tiene efectos compensatorios si dicho monto es entregado como un incentivo para renunciar. En ese sentido, pue