Uso del información centrales de riesgo crediticio en Selección de personal
Modificación Ley 27489, Ley que regula las centrales privadas de información de riesgos y de protección al titular de la información
Norma : Ley Nº 31944
Publicado : Sábado 25 Noviembre 2023
Resumen : El reporte de crédito no puede contener juicios de valor, dictámenes u opiniones que sean de naturaleza subjetiva referidos a la persona natural o persona jurídica.
Límites para el uso de la información de las Centrales privadas riesgos crediticios
Selección de Personal
En general: Para definir criterios de elegibilidad en el mercado laboral , las instituciones del Estado o empresas privadas o públicas convocantes a puestos de trabajo que deseen revisar el reporte de crédito de sus candidatos deberán obtener, bajo apercibimiento, el permiso por escrito del postulante en el que se exprese de manera indubitable su conformidad.
El reporte de crédito del candidato no podrá ser causal de su exclusión o descalificación en cualquier fase de la convocatoria, por constituirse en un acto discriminatorio.
Exclusión: De lo señalado para el caso de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones y la Superintendencia del Mercado de Valores, así como las entidades reguladas o supervisadas por estas superintendencias.
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