La Pensión Mínima para Aportante (PMA) de SPP en nuevo Sistema de Pensiones

 


PENSIÓN MÍNIMA

la Comisión de Economía del Congreso cuentan con un predictamen en el que se  crea ( entre otras medidas), la Pensión Mínima para Aportante (PMA) del SPP, la cual se aplica independientemente del sistema previsional al que pertenezca la persona.

El derecho :  Tendrán derecho a esta pensión mínima todos los que acrediten como mínimo 240 aportes obligatorios o voluntarios con fin previsional y “no realicen retiros de los mismos” a partir de la vigencia de la norma.

Cada unidad de aporte obligatorio o voluntario previsional mínimo, para los efectos de la suma de los 240 aportes, se establece teniendo como base de cálculo el monto de la Remuneración Mínima Vital en cada oportunidad”.

También refiere que la PMA está compuesta por los aportes obligatorios y voluntarios con fin previsional acumulados del afiliado, el monto correspondiente a los aportes de carácter complementario y la rentabilidad generada por los mismos.


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