Reglamento de la Pensión Mínima voluntaria en el Sistema Privado de Pensiones
Aprueban el Reglamento de la Ley N° 31670, Ley que crea las pensiones mínimas y promueve los aportes voluntarios alternativos con fines previsionales
Norma : D. S. N° 065-2023-EF
Publicado : 18/04/2023
Edición extraordinaria del diario oficial El Peruano Ver aqui
Resumen : Se aprueba reglamento de la Ley 31670 , que establece la opción de pensión mínima voluntaria personalizada en el sistema privado de pensiones.
Esta disposición aún no se puede aplicar
*Procedimiento* *Operativo* La SBS dicta las normas complementarias y aprueba los procedimientos operativos necesarios para la implementación del presente reglamento.
Análisis de la norma
Para recordar: Por Ley Nº 31670, Ley se crean las pensiones mínimas y promueve los aportes voluntarios alternativos con fines previsionales , en el sistema privado de pensiones.
En su Única Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 31670, faculta al Poder Ejecutivo a reglamentar la referida Ley en un plazo no mayor de noventa (90) días calendario.
Del Reglamento
Obligaciones de la AFP
1. Obligación previa de información eleccion La información que debe brindar a AFP al afiliado sobre el procedimiento de acogimiento de la Pensión Mínima Objetvo ( PMO,) comprende :
i) Las características de la PMO;
ii) El cálculo del Saldo Mínimo de Jubilación requerido, sus ajustes por modificaciones en la composición del grupo familiar del afiliado y proyecciones correspondientes;
iii) Los beneficios del acogimiento;
iv) El momento, luego del acogimiento, a partir del cual se ejerce la Opción de la PMO y, por tanto, accede al Excedente del SMJ.
Saldo Mínimo de Jubilación (SMJ): Capital requerido, calculado bajo la modalidad de retiro programado, necesario para acceder a una PMO a la edad de jubilación, conforme la Ley N° 31670.
2. Saldo Mínimo de Jubilación (SMJ)
¿ Cómo se determina? La AFP proyecta el SMJ requerido para el pago de la pensión al momento de la jubilación por edad legal, en función al Capital requerido.
Para efectos de dicha determinación, la modalidad a ser utilizada para el cálculo es el Retiro Programado de acuerdo con los procedimientos estipulados en las normas del Sistema Privado de Pensiones (SPP.)
Actualización: El valor del SMJ se actualiza hasta el momento en que el afiliado solicita su pensión de jubilación, la cual debe tomar en consideración el monto que el INEI establece anualmente para la CBC ( Canasta Basica de Consumo), las características del afiliado y la rentabilidad del fondo
3. Obligación de información situación del SMJ : La AFP informa periódicamente al afiliado el monto pendiente para alcanzar el SMJ.
Planes de ahorro : Asimismo, puede promover planes de ahorro voluntario durante la vida laboral del afiliado, con la finalidad de que al momento en que decida jubilarse mejore el monto de la PMO.
4 Información al afiliado de la existencia de excedente SMJ : Cuando el afiliado opte por la PMO, la AFP, le informa al afilado si existe o no un Excedente del SMJ.
Facultad del afiliado activo
1. Del Acogimiento voluntario a la Pensión Mínima Objetivo (PMO) Cualquier afiliado activo de manera voluntaria puede acogerse a una PMO.
¿ Cuánto es el monto? El monto es fijado por el afiliado y no debe ser menor a la CBC.
CBC : Canasta Básica de Consumo, determinada por INEI
Modificacion. El afiliado, en cualquier momento durante su condición de activo, puede modificar el monto de su PMO,( Pensión Mínima Objetivo)
Condiciones : Siempre y cuando cumpla con la condición de no ser menor a la Canasta Básica de Consumo (CBC) determinada y publicada por el Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI).
Desistimiento : El afiliado puede desistir de su elección de haberse acogido a una PMO.
¿ En qué plazo ? En cualquier momento durante su condición de activo.
Del tramite ; Una vez recibida la solicitud de desistimiento, la AFP ya no genera la actualización del Saldo Mínimo de Jubilación.
2. Solicitud de pago de la PMO
¿ En qué momento se pide? Al momento de la jubilación, el afiliado solicita el pago de la PMO.
Tranite : La AFP evalúa si el afiliado cuenta con el SMJ de acuerdo con los fondos que dispone en la CIC, para el pago de la pensión bajo la modalidad de retiro programado.
Desistimiento: En caso el afiliado desista de su acogimiento a la PMO, puede solicitar el pago de otra pensión bajo las modalidades vigentes en el SPP o puede solicitar el retiro de hasta el 95.5 % de fondos de la CIC
3. Aportes con cargo a devoluciones de pago de impuestos : Las devoluciones de pago de impuestos de renta de cuarta categoría y quinta categoría que pudieran efectuarse a favor del afiliado se pueden destinar a la subcuenta de aportes voluntarios con fin previsional de la CIC
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