Eres extranjero y tienes multas en Migraciones?
El plazo para acogerse a la amnistía es de 06 meses improrrogables, a partir del martes 2 de mayo.
La Gestión se podrá hacer mediante la Agencia Digital Migraciones, sin necesidad de acudir presencialmente.
También es de aplicación para los que tienen procedimientos en trámite o con fraccionamiento de multa.
Lo que debe saber Las personas extranjeras que tengan multas impuestas por la Superintendencia Nacional de Migraciones podrán solicitar la amnistía desde el martes 2 de mayo, de manera virtual, por medio de la Agencia Digital de Migraciones, sin necesidad de acudir a las oficinas de la entidad.
La amnistía : Esta amnistía, aprobada por el Congreso de la República, aplica principalmente a las personas extranjeras con multas por no tramitar la prórroga de residencia o tener exceso de permanencia; además, de aquellas sancionadas por infracciones contenidas en el artículo 56° del Decreto Legislativo 1350.
El trámite ¿Cómo solicitarla? La persona extranjera que desee acogerse a la amnistía deberá solicitarla por medio de la Agencia Digital de Migraciones pulse aquí
Una vez concluida la solicitud de acogimiento a la amnistía, se remitirá la constancia al correo electrónico previamente declarado.
La solicitud de la amnistía no regulariza la situación migratoria de la persona extranjera, la que deberá realizar o continuar con sus trámites, según su situación migratoria
Es decir obtener una calidad migratoria, efectuar su prórroga de residencia o solicitar el nuevo CPP, cuando este permiso entre en vigencia.
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