30 Marzo feriado Trabajador del Hogar
Feriado no Nacional de índole gremial
Norma : Ley Nº 31047
Oportunidad : 30 de Marzo
Ámbito : A nivel nacional para todos los trabajadores del hogar
Condición : Es un feriado no laborable
Motivo : Con ocasión del Día Internacional de las Trabajadoras del Hogar.
Persona trabajadora del hogar: Es la persona natural, mayor de dieciocho (18) años de edad, que, a título personal, realiza la actividad propia del trabajo del hogar en el marco de una relación de trabajo.
No se considera como persona trabajadora del hogar a:
a. Las que fueran contratadas por personas jurídicas para la realización de las tareas a que se refiere la Ley y el presente Reglamento, supuesto que se encuentra proscrito en el artículo 14 de la Ley.
b. Las personas emparentadas con la persona empleadora del hogar hasta el segundo grado de consanguinidad, es decir: padres, hijos, hermanos, abuelos, nietos, salvo pacto en contrario. Tampoco se considera como persona trabajadora del hogar al cónyuge o conviviente de la persona empleadora del hogar.
c. Las personas que, además de realizar tareas de índole domésticas deban prestar otros servicios ajenos a la casa particular u hogar familiar, con cualquier periodicidad, en actividades o empresas de la persona empleadora del hogar; supuesto en el cual se presume la existencia de una única relación laboral ajena al régimen regulado por la Ley.
d. La persona que realice trabajo del hogar únicamente de forma ocasional o esporádico
Norma legal relacionada
Ley de Trabajadoras y Trabajadores del Hogar,
Ley Nº 31047
Publicado : 01/10/2020
Vigencia : 02/10/2020
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Artículo 11. Descansos remunerados
También se considera feriado no laborable remunerado el 30 de marzo de cada año, Día de las Trabajadoras y Trabajadores del Hogar.
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