Toque de queda focalizado por Estado Emergencia Nacional

Estado Emergencia Nacional 

Toque de queda focalizado 

Decreto Supremo que declara inmovilización social obligatoria por la situación de conflictividad actual

Norma : D. S. Nº 144-2022-PCM

Publicado  : 15/12/2022  .Edición extraordinaria del diario oficial El Peruano 

Leer texto norma aqui

Fechas : Del 16 al 20 Diciembre  2022

Inmovilización social obligatoria de todas las personas en sus domicilios

Se permite  : Circular por las vías de uso público para la adquisición, producción y abastecimiento de alimentos, lo que incluye su almacenamiento y distribución para la venta al público

No aplica el toque de queda :

-  Al Personal estrictamente necesario que participa en la prestación de los servicios de salud, medicinas, la continuidad de los servicios de agua, saneamiento, agricultura, pesca y acuicultura, transporte, vigilancia y seguridad, delivery, restaurantes y hoteles, asistencia, servicios financieros, energía eléctrica, gas, combustibles, telecomunicaciones y actividades conexas, limpieza y recojo de residuos sólidos, servicios funerarios, y actividades conexas

- Funcionamiento  de farmacias y boticas puedan brindar atención al público 

- Al personal de prensa escrita, radial o televisiva podrá transitar durante el período de inmovilización social obligatoria

Requisito : Deben  porten su pase personal laboral, su credencial periodística respectiva y su D.N.I . La autorización también es extensiva para las unidades móviles que los transporten para el cumplimiento de su función.


- El desplazamiento con vehículo particular o peatonal de aquellas personas que requieren de una atención médica urgente o de emergencia por encontrarse en grave riesgo su vida o salud; así como, para la adquisición de medicamentos.


Vea también  : Declaran Estado  de Emergencia  Nacional 



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