Ley para la Compensación de horas Covid-19
Ley que dispone medidas para garantizar los derechos de los trabajadores afectados por las disposiciones legales implementadas durante la emergencia sanitaria provocada por la COVID-19
Norma ; Ley nº 31632
Publicado : 01/12/2022
Ámbito de aplicación Aplicable a todos los empleadores y trabajadores de los sectores público y privado, bajo cualquier régimen laboral.
A Durante Vigencia relación laboral
Horas a compensar
1. Origen de las horas pendientes a Compensar .
Estado Emergencia Sanitario
Cuando la naturaleza de las labores no sea compatible con el trabajo remoto y mientras dure la emergencia sanitaria por el COVID-19, el empleador debe otorgar una licencia con goce de haber sujeta a compensación posterior .(x)
(x)Numeral 20.2 del artículo 20 del Decreto de Urgencia 026-2020, Decreto de Urgencia que establece diversas medidas excepcionales y temporales para prevenir la propagación del Coronavirus (COVID-19) en el territorio nacional
Estado Emergencia Nacional
En el caso de las actividades no comprendidas en el numeral precedente y, siempre que no se aplique el trabajo remoto, los empleadores otorgan una licencia con goce de haber a los trabajadores y servidores civiles, de acuerdo a lo siguiente:
a) En el caso del sector público, se aplica la compensación de horas posterior a la vigencia del Estado de Emergencia Nacional, salvo que el trabajador opte por otro mecanismo compensatorio.
b) En el caso del sector privado, se aplica lo que acuerden las partes. A falta de acuerdo, corresponde la compensación de horas posterior a la vigencia del Estado de Emergencia Nacional. (xx)
(xx) Numeral 26.2 del artículo 26 del Decreto de Urgencia 029-2020, que dicta medidas complementarias destinadas al financiamiento de la micro y pequeña empresa y otras medidas para la reducción del impacto del COVID-19 en la economía peruana.
2.Posibles formas de compensación
a Sobretiempo Realizado antes o después de la jornada de trabajo
b.Tiempo en capacitación realizadas fuera de la jornada de trabajo,
Limite :
Limite diario -Hasta 2 horas
Limite semanal-La suma de dichas horas con la jornada laboral del trabajador no puede superar las 52 horas a la semana.
Computo horas compensadas : Cada hora de trabajo en sobretiempo o dedicada a capacitaciones fuera de la jornada, compensará 03 horas de licencia con goce de haber.
c.Descanso vacacional Vacaciones adquiridas y pendiente de goce.
Computo de compensación : Cada día de vacaciones sujetas a la compensación equivaldrá a 04 días de licencia con goce de haber.
Límite: No se podrán compensar más de 15 días por periodo vacacional pendiente de goce.
Obligación del empleador
Trámite previo Dentro de los 15) días de entrada en vigencia de la Ley nº 31632(Publicado : 01/12/2022)
Los empleadores comunican por escrito a los trabajadores el total de horas de licencia con goce de haber que adeudan.
Plazo para la compensación La compensación de horas podrá realizarse durante un (1) año contado a partir de la entrada en vigencia de la Ley 31632 ( desde 02/12/2022)
¿ Qué sucede con las horas dejadas de compensar? Las horas dejadas de compensar en dicho periodo se consideran absueltas.
B. Al término de la relación laboral
Está prohibido realizar descuentos en la liquidación de beneficios sociales realizada al término del vínculo laboral, para compensar las horas de licencia con goce de haber generadas por las disposiciones legales implementadas en el marco de la emergencia sanitaria por COVID-19.
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