Congreso Aprueba nueva ley de los trabajadores porteadores
Régimen laboral especial Porteadores
¿ Qué hace el porteador? El porteador es la persona que utiliza su esfuerzo físico para transportar alimentos, equipos o enseres de uso personal, así como de otros bienes necesarios durante expediciones con fines turísticos, recreacionales, deportivos o de otra índole.
Sobre todo por zonas donde no pueden ingresar vehículos motorizados.
Por ejemplo, en Cusco, suelen llevar los implementos de los turistas durante el recorrido camino inca hasta la ciudadela de Machupicchu.
Para saber más: Solo en la región Cusco hay más de 70.000 porteadores.
¿ Qué normas legales sustentan actualmente la labor del porteador?
A la fecha la labor del porteador está syatentada por:
-Ley Nº 27607 Ley del Porteador Publicado : 24/09/2001 Ver aqui
- D.S. Nº 011-2005-TR Aprueban Reglamento de la Ley Nº 27607, Ley del Porteador Ver aqui
- Aprueban formato de la cartilla de verificación .R.M 354-2005-TRPublicado : 19/11/2005 Ver aqui
En el Congreso de la República Pleno del Congreso de la República aprobó, con 100 votos a favor y en primera instancia, el texto sustitutorio de los proyectos de ley 725, 1456, 2432 y 2433, que proponen la nueva ley del trabajador porteador para fortalecer y garantizar los derechos laborales de quienes prestan este servicio de transporte de carga.
¿ Qué cambios dispone la nueva Ley?
Estos trabajadores realizan sus labores bajo el régimen privado conforme al Decreto Legislativo 728 a fin de cubrir servicios de transporte de carga de manera permanente o discontinua.
Edad mínima:Se propone que la edad mínima sea de 18 años y ya no de 16 años.
Derechos del Porteador
1.Remuneración El trabajador recibirá un pago único por el servicio no menor a 3% de una UIT ( En la actualidad equivale a S/ 138) por jornada diaria.
El que cumpla las labores de cocinero deberá recibir un 30% adicional.
2.Jornada laboral y sobretiempo La jornada laboral es de 48 horas a la semana y, pasado ese tiempo, se deben considerar las horas extras, además del descanso entre turnos cada cinco días.
Algo mas : Derecho al trabajo El ingreso debe ser libre para los porteadores en cuando a la red de caminos inca.
Además, el Ministerio de Cultura y el Ministerio del Ambiente deben encargarse de habilitar campamentos para que pernocten y descansen.
3.Condiciones de trabajo Se le dotará de alimentos al porteador, así como una vestimenta adecuada y todos los equipos que requiera.
El periodo de descanso debe garantizar la recuperación del empleado.
Y si requiere pasar la noche en el transcurso de su trabajo, deben brindarle las condiciones mínimas a fin de resguardar su vida y salud.
4.Seguridad y salud en el trabajo
4.1. Seguro complementario trabajo de riesgo Tendrá un seguro complementario de trabajo de riesgo.
4.2. Carga máxima : El límite de carga para los varones será de 20 kg y, en el caso de las mujeres, será hasta los 15 kg.
¿Cuáles serán las obligaciones del porteador?
El porteador deberá estar a disposición en el punto inicial del recorrido, con la vestimenta y equipo brindados para transportar la carga máxima según ley.
Vigencia nueva Ley
¿ Ya esta vigente la nueva Ley?
No todavía.
El Poder Ejecutivo deberá reglamentar la ley en el plazo de 90 días calendario luego de su publicación oficial.
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