Este miércoles 29 de junio es feriado por el Día de San Pedro y San Pablo

 


Este miércoles 29 de junio es feriado nacional para los trabajadores públicos y privados, con motivo de celebrarse el Día de San Pedro y San Pablo.


Los trabajadores del sector privado que acuerden con sus empleadores trabajar el 29 de junio sin descanso sustitutorio posterior, tienen derecho a percibir triple remuneración: una por el feriado, otra por el trabajo realizado y una tercera por haber laborado en día feriado. 


Los trabajadores que acuerden laborar el miércoles 29 de junio, con descanso sustitutorio posterior, perciben doble remuneración diaria, una por el feriado y otra por el trabajo realizado. 

Trabajo remoto.  

El personal que viene prestando trabajo remoto -desde su domicilio- y no labora el 29 de junio, tiene derecho a percibir su remuneración sin trabajar. De acordar con su empleador que va a trabajar dicho feriado, sin descanso sustitutorio, tendrá derecho al pago triple de su remuneración diaria. 


Trabajadores que están gozando de vacaciones.  

Los trabajadores que durante el feriado 29 de junio están gozando de vacaciones anuales, no tienen derecho al pago de remuneración adicional; pues, antes del descanso vacacional, la empresa les pagó sus remuneraciones que ya incluyen el feriado


Manual Feriados 2022

 

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Contenido

Matriz legal relacionada

1.- Definición
2.- Relación de Feriados no Laborables
3.- Ámbito de aplicación
4.- Oportunidad de descanso
4.1.-Feriado no laborable a nivel nacional
4.2.-Feriado no laborable local o gremial
a.- Feriado no laborable local o regional
b.- Feriado no laborable Gremial

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