Se autoriza disponibilidad 100 % CTS hasta 31 Diciembre 2022
Estado Emergencia Nacional
Compensación por tiempo de servicios
Ley que autoriza la disposición de la compensación por tiempo de servicios a fin de cubrir las necesidades económicas causadas por la pandemia del covid-19
Norma: Ley Nº 31480
Publicado : 25/05/2022
Vigencia : 26/05/2022
Reglamentación : El Poder Ejecutivo dicta las disposiciones reglamentarias necesarias en el plazo máximo de 10 días calendario desde la entrada en vigencia de la presente ley.( 26/05/2022).
Por Ley Nro 31480 ( Publicado el 25 /05/2022 en el diario oficial El Peruano ) , se ha dispuesto de que la compensación por tiempo de servicios , se disponga el 100 % de los depósitos efectuados en las entidades financieras,
Aplicable tanto para el monto acumulados a la fecha ,en que trabajador decida retirarlos .
Para recordar :
El año 2021 , los trabajadores/as estaban autorizados al retiro total de su Compensación por Tiempo de Servicios, gracias a la Ley n.º 31171 -hasta el 31 de diciembre-, a fin de cubrir las necesidades económicas causadas por la pandemia de la COVID-19.
¿ Está disponibilidad es para todos los trabajadores?
No.
Solo es aplicable para aquellos a los cuales se les deposita sementalmente , en la entidad financiera elegida, el concepto de compensación por tiempo de servicios.
Es decir es aplicable para:
-Trabajadores del régimen laboral general de la actividad privada .
- Trabajadores de pequeña empresa
- Trabajadores del régimen laboral Minero
- Trabajadores del régimen laboral Agrario , que hayan optado por recibir sus beneficios sociales según las normas del régimen laboral privado.
¿ Qué sigue ahora?
El Ejecutivo deberá dictar el Reglamento respectivo en un plazo de 10 días calendario contados desde el 26 /05/2022
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