Permiso Laboral por exámenes oncológicos preventivos
Permiso Laboral
Con goce de haber compensable
Ley que establece la licencia con goce de haber y posterior compensación para los trabajadores que realicen exámenes oncológicos preventivos anuales.
Norma : LEY Nº 31479
Publicado : 25/05/2022
Vigencia : 26/05/2022
Por Ley Nº 31479 (Publicado 25/05/2022 en el diario oficial El Peruano ) , se Incorpora el artículo 12 a la Ley 31336 (1)
(1) Ley Nacional del Cáncer Incorpórase el artículo 12 a la Ley 31336, Ley Nacional del Cáncer
¿ Qué dice dicho artículo?
Se crea la Licencia con goce de haber y posterior compensación para los trabajadores que realicen exámenes oncológicos preventivos
Ámbito de aplicación
Aplicable a los del sector público o privado.
Del derecho. Tienen derecho a una licencia anual compensable, hasta por 02 días hábiles, consecutivos o no, para someterse a sus exámenes preventivos oncológicos.
Características de esta licencia
a. Con pago de horas La licencia otorgada al trabajador será compensable con horas de trabajo que serán acordadas con el empleador.
b. Preventiva. Solo aplicable para exámenes preventivos contra el Cáncer.
c. Anual Es un permiso que solo puede solicitarse una vez al año.
d. Días hábiles Su goce es de hasta 02 laborables Consecutivos o no.
Requisitos Para acceder a esta licencia, " previamente" el trabajador debe :
1. Coordinar con el empleador o autoridad superior
2. Presentar la orden médica en la que se indiquen los exámenes a realizar.
Después del permiso Posteriormente debe presentar los documentos que acrediten dicha atención.
Comentarios