Permiso Laboral por exámenes oncológicos preventivos

 Permiso  Laboral 

Con goce de haber  compensable 


Ley que establece la licencia con goce de haber y posterior compensación para los trabajadores que realicen exámenes oncológicos preventivos anuales.

Norma : LEY Nº 31479

Publicado : 25/05/2022

Vigencia :  26/05/2022

Ver aqui 


Por Ley Nº 31479 (Publicado  25/05/2022 en el diario  oficial  El  Peruano  ) , se   Incorpora el artículo 12 a la Ley 31336 (1)

(1) Ley Nacional del Cáncer Incorpórase el artículo 12 a la Ley 31336, Ley Nacional del Cáncer


 ¿ Qué dice dicho  artículo?

Se crea la  Licencia con goce de haber y posterior compensación para los trabajadores que realicen exámenes oncológicos preventivos


Ámbito de aplicación 

Aplicable  a los   del sector público o privado.


Del derecho. Tienen derecho a una licencia anual compensable, hasta por 02 días hábiles, consecutivos o no, para someterse a sus exámenes preventivos oncológicos.


Características  de esta licencia 

a. Con pago de horas  La licencia otorgada al trabajador será compensable con horas de trabajo que serán acordadas con el empleador.


b. Preventiva. Solo aplicable  para exámenes  preventivos contra el Cáncer. 


c.  Anual Es un permiso  que solo puede  solicitarse una vez al año.


d. Días hábiles  Su goce es de hasta 02 laborables  Consecutivos o no.


Requisitos   Para acceder a esta licencia, "  previamente" el trabajador debe :

1. Coordinar con el empleador o autoridad superior

2.  Presentar la orden médica en la que se indiquen los exámenes a realizar. 


Después del permiso  Posteriormente debe presentar los documentos que acrediten dicha atención.












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