Publican ley sobre la negociación colectiva en el Estado

 ¿ Como fue ?

Por insistencia del Congreso, quedó oficializada la Ley Nº 31188, que regula la negociación colectiva en el Estado relativo a las remuneraciones y otras condiciones de trabajo con incidencia económica.


¿ Que dice  la Ley Nro 31188?

De acuerdo con la norma, serán objeto de la negociación colectiva la determinación de todo tipo de condiciones de trabajo y empleo, que comprenden las remuneraciones y otras condiciones de trabajo con incidencia económica, así como todo aspecto relativo a las relaciones entre empleadores y trabajadores, y las relaciones entre sus organizaciones representativas.


Ambito de aplicación 

Por tanto, será de aplicación a las negociaciones colectivas entre organizaciones sindicales de trabajadores de entidades del Poder Ejecutivo, el Poder Legislativo, el Poder Judicial, los gobiernos regionales y locales, los organismos a los que la Constitución confiere autonomía y las demás entidades y organismos, proyectos y programas del Estado, cuyas actividades implican el ejercicio de potestades administrativas.

Mientras que las negociaciones colectivas de las empresas del Estado se rigen por la regulación aplicable al régimen laboral privado.



Niveles  de negociación  colectiva  en el Estado 

En este contexto, la norma precisa que este derecho se desarrollará en dos niveles. 

Primero, el centralizado, en el que los acuerdos alcanzados tendrán efectos para todos los trabajadores de las entidades públicas.

Segundo ,el descentralizado, que se llevará a cabo en el ámbito sectorial, territorial y por entidad pública, o en el que las organizaciones sindicales estimen conveniente.


Agrega que la modificación de la estructura remunerativa aplicable a todos los trabajadores estatales, así como el tipo, cuantía o características de las remuneraciones y otras condiciones de trabajo como incidencia económica se establece a nivel centralizado. 

También cualquier otra materia, siempre que se aplique a todos los trabajadores de las entidades públicas.

Y a nivel descentralizado, las condiciones de empleo o condiciones de trabajo, que incluyen las remuneraciones y otras condiciones de trabajo con incidencia económica que resulten de aplicación a los trabajadores comprendidos dentro del respectivo ámbito, con exclusión de las materias pactadas a nivel centralizado, salvo acuerdo en contrario.

Se espera su reglamento...


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