Multarán a ciclistas desde el 03 de Junio 2021

 

Por reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo 012-2020-MTC, se establecen multas para ciclistas por faltas leves y muy graves que oscilan aproximadamente entre los S/ 22 y S/ 352 (0.5 % UIT y 8 % UIT) y que serán impuestas únicamente por la Policía Nacional del Perú (PNP).


Infracción 

La infracción más grave para los ciclistas es manejar en estado de ebriedad, con más de 0.5 gramos de alcohol por litro de sangre; o habiendo consumido drogas. 


En este caso la sanción monetaria es de 8 % UIT, es decir, aproximadamente S/ 352.


Entre las sanciones leves, corresponde una multa de 4 % UIT o S/ 176 por manejar sin sistemas de freno, sonoros, no contar con una lámina de material reflectante en la bicicleta ni vestir una prenda del mismo material.


Conducir de forma temeraria es otra falta leve que tiene 2 % UIT o S/ 88 de multa.

 Se considera esta infracción cuando el ciclista maneja la bicicleta con una sola mano o sin manos, no respeta la luz roja, adelanta vehículos, entre otras acciones previstas en el reglamento.


La norma también precisa que está permitido circular por la vereda, a la velocidad de los peatones, en caso de no existir ciclovía, llevar a un niño o niña menor de siete años, estar embarazada, tener alguna discapacidad, ser menor de catorce años o ser una persona adulta mayor.


Sin embargo, en caso de invadir la acera sin existir alguna de estas consideraciones, la sanción para el ciclista es de 0.5 % UIT o S/ 22.


Cabe mencionar que si una infracción fuera presuntamente cometida por un menor de edad, el efectivo policial levanta una papeleta educativa, que no acarrea el inicio de procedimiento administrativo sancionador; sin embargo, se notifica una copia de la papeleta al domicilio de la niña, niño o adolescente ciclista para información de sus padres, tutores o responsables.




¿ Cuando ?

MTC indica que la entrada en vigencia del reglamento para el inicio de la aplicación de las multas sería a partir del  3 de junio  2021 , fecha en que se celebra el Día Nacional de la Bicicleta.

La norma también contempla infracciones para conductores de vehículos automotores (motos, autos, buses, camiones) por acciones que puedan perjudicar el transporte de los ciclistas. A continuación el cuadro con los detalles:


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