Inmovilizacion dias domingo ¿ Quienes pueden laborar ese dia?

 ¿Que trabajadores estan  autorizados para movilizarse los domingos ?


Los policías y militares estarán facultados a intervenir a las personas que no acaten la inmovilización obligatoria total. 

Lo que debe saber :

El Gobierno emitió el decreto supremo 139 -2020-PCM (pub. 12-8-20, en la Edición Extraordinaria de El Diario Oficial El Peruano)

Extensión de Cuarentena focalizada y de medidas de aislamiento social obligatorio 


Se ha dispuesto que el día domingo, la inmovilización social obligatoria es para todos los ciudadanos a nivel nacional durante todo el día  hasta las 4:00 horas del día siguiente. 

De igual modo, queda prohibido el uso de vehículos particulares, durante todo el día domingo, a nivel nacional.


Personas que podran laborar los domingos.

A pasar de la inmovilizacion social obligatoria, habra personas que podran laborar ese dia

¿ Quienes son ?

A. Por  Actividades autorizadas

Se determina que sí podrán desplazarse los ciudadanos que trabajan en la prestación de servicios de :

a. abastecimiento de alimentos,

b. salud, 

c. medicinas, 

farmacias, droguerías y boticas 


d. servicios financieros, 

e. servicio de restaurante para entrega a domicilio (delivery).

f. servicios de agua, 

g. servicios de saneamiento, 

h. servicio de energía eléctrica, 

i.  servicio de gas, 

j.   servicio de combustibles, 

k.  servicio de telecomunicaciones y actividades conexas,

l.   servicio de  limpieza y recojo de residuos sólidos, 

m. servicios funerarios, 

n.  servicio de transporte de carga y mercancías y actividades conexas,


o. Personal de prensa escrita, radial o televisiva podrá transitar durante el período de cuarentena siempre que porten su pase personal laboral, su credencial periodística respectiva y su DNI. 


La autorización también es extensiva para las unidades móviles que los transporten para el cumplimiento de su función.


p. servicio de transporte de caudales. 


B. Por el riesgo de salud ante covid-19

En el caso de las personas en grupos de riesgo que laboran, se prioriza su prestación de servicios bajo la modalidad de trabajo remoto y en caso deseen voluntariamente concurrir a trabajar o prestar 

servicios en las actividades autorizadas, se sujetan 

a las disposiciones que se han emitido a la fecha  ( la presentación de una declaración jurada de 

asunción de responsabilidad voluntaria) y a las acciones de fiscalización y supervisión de la 

Autoridad Sanitaria, los Gobiernos Locales y la SUNAFIL.


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