Prorroga estado emergencia nacional hasta el 31 Julio 2020
Estado de emergencia nacional desde el 01 al 31 de Julio 2020
Norma :DECRETO SUPREMO N° 116-2020-PCM
Publicado : 26/06/2020 Edición Extraordinaria
Vigencia : Desde el 01 de Julio 2020
Decreto Supremo que establece las medidas que debe observar la ciudadanía en la Nueva Convivencia Social y prorroga el Estado de Emergencia Nacional por las graves circunstancias que afectan la vida de la Nación a consecuencia del COVID-19
¿ Que nos dice esta norma ?
Prórroga del Estado de Emergencia Nacional
A partir del miércoles 01 de julio de 2020 hasta el viernes 31 de julio de 2020, por las graves circunstancias que afectan la vida de la Nación a consecuencia del COVID-19.
Inmovilización social obligatoria
De todas las personas en sus domicilios desde las 22:00 horas hasta las 04:00 horas del día siguiente,de lunes a domingo a nivel nacional.
Con excepción de los departamentos de Arequipa, Ica, Junín, Huánuco, San Martín, Madre de Dios y Áncash, en los que la inmovilización social obligatoria de las personas en sus domicilios rige desde las 20:
00 horas hasta las 04.00 horas del día siguiente y el día domingo, la inmovilización social obligatoria es todo el día.
Cuarentena Focalizada
Los niños, niñas y adolescentes menores de catorce (14) años, así como las personas en grupos de riesgo como los adultos mayores de sesenta y cinco (65) años y los que presenten comorbilidades conform
e lo determina la Autoridad Sanitaria Nacional, deberán continuar en aislamiento social obligatorio (cuarentena)
Norma :DECRETO SUPREMO N° 116-2020-PCM
Publicado : 26/06/2020 Edición Extraordinaria
Vigencia : Desde el 01 de Julio 2020
Decreto Supremo que establece las medidas que debe observar la ciudadanía en la Nueva Convivencia Social y prorroga el Estado de Emergencia Nacional por las graves circunstancias que afectan la vida de la Nación a consecuencia del COVID-19
¿ Que nos dice esta norma ?
Prórroga del Estado de Emergencia Nacional
A partir del miércoles 01 de julio de 2020 hasta el viernes 31 de julio de 2020, por las graves circunstancias que afectan la vida de la Nación a consecuencia del COVID-19.
Inmovilización social obligatoria
De todas las personas en sus domicilios desde las 22:00 horas hasta las 04:00 horas del día siguiente,de lunes a domingo a nivel nacional.
Con excepción de los departamentos de Arequipa, Ica, Junín, Huánuco, San Martín, Madre de Dios y Áncash, en los que la inmovilización social obligatoria de las personas en sus domicilios rige desde las 20:
00 horas hasta las 04.00 horas del día siguiente y el día domingo, la inmovilización social obligatoria es todo el día.
Cuarentena Focalizada
Los niños, niñas y adolescentes menores de catorce (14) años, así como las personas en grupos de riesgo como los adultos mayores de sesenta y cinco (65) años y los que presenten comorbilidades conform
e lo determina la Autoridad Sanitaria Nacional, deberán continuar en aislamiento social obligatorio (cuarentena)
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