Personas con discapacidad y los servicios de empleo

Aprueban la Direciva General Nro 001-2015-MTPE/3/17 "Lineamientos para la implementación y prestación de servicios de empleo con perspectiva de discapacidad"
Norma : R.M. 105-2015-TR
Publicado : 13/05/2015
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La directiva tiene por objeto optimizar la prestación de los servicios de las personas con discapacidad en los centros de trabajo.


Para precisar sobre la presente norma :
El numeral 49.1 del artículo 49 de la Ley N° 29973, Ley General de la Persona con Discapacidad, establece que los empleadores privados con más de cincuenta (50) trabajadores están obligados a contratar personas con discapacidad en una proporción no menor al 3% de la totalidad de su personal

El numeral 56.5 del artículo 56 del Decreto Supremo N° 002-2014-MIMP, señala que los servicios de Acercamiento Empresarial y de Bolsa de Trabajo que se prestan a través de la Ventanilla Única de Promoción del Empleo actualmente denominado Centro de Empleo, en coordinación con los gobiernos regionales, deben desarrollar estrategias especializadas de vinculación entre la oferta y la demanda para facilitar a los empleadores el cumplimiento de la cuota de empleo.

A fin de optimizar la efi cacia de la prestación de los servicios de empleo para las personas con discapacidad, garantizar su accesibilidad a los servicios de empleo; y facilitar la información y vinculación entre la oferta y la demanda que coadyuve al cumplimiento de la cuota de empleo; la Dirección General de Promoción del Empleo ha remite la propuesta de la Directiva General , siendo aprobada y denominada “Lineamientos para la implementación y prestación de servicios de empleo con perspectiva de discapacidad”- Directiva General N° 001- 2015-MTPE/3/17.

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