Gratificaciones sin descuentos proyecto de ley 4495
Las gratificaciones de Julio y Diciembre 2015 sin descuento
Para recordar :
En consecuencia no estabán sujetas al descuento de su importe por :
Sistema Privado de Pensiones,
Sistema Nacional de Pensiones,
Essalud,
SENATI.
Base legal :
Siempre que cumpla con los requisitos para su afectación
Los autorizados por el trabajador
En este caso no se permite las autorizaciones que el trabajador haga para que le descuente por aportes y contribuciones sociales , pues hay norma legal que lo prohíbe.
En cambio si es posible por ejemplo , admitir las autorizaciones del trabajador motivadas por : prestamos diversos al empleador , por descuentos sindicales , por deudas con terceros y similares.
Los ordenados por mandato judicial
Aquí se incluye el caso de “Juicio por alimentos “.
Siempre que en la sentencia del juez respectivo , lo indique.
Base legal :
(Ley 29351 (1), art. 1; D.S. 007-2009-TR, art. 2).
Lo que dice el proyecto 4495 del Ejecutivo
Se propone la exoneración temporal de los aportes al EsSaldu y pensiones a las gratificaciones por Fiestas Patrias y Navidad solo por el año 2015.
¿ Por que solo de manera " temporal "?
Esto debido a evitar la insolvencia en la ONP y en EsSalud.
Si esta exoneración se toma como permanente, necesariamente se deberán realizar los ajustes en las
tasas de aporte para poder garantizar la sostenibilidad financiera de estos sistemas de seguridad social, de manera que podamos asegurar el acceso adecuado de la población a estos servicios.
El Congreso de la Republica y su proyecto de exoneración a las gratificaciones
Desde el año 2012 esta pendiente para debatir en el Congreso un proyecto que pretende exonerar las gratificaciones de Julio y Diciembre de manera permanente.
Pero que a la fecha no ha sido debatido.
Para recordar :
Las gratificaciones legales, en este caso las motivadas por Fiestas Patrias y Navidad , no estaban sujetas a descuentos por aportes o contribuciones sociales desde el 20 de Junio 2011 hasta el 31 de Diciembre del año 2014.
Sistema Nacional de Pensiones,
Essalud,
SENATI.
Base legal :
(Ley 29351 art. 1; D.S. 007-2009-TR, art. 2).
Ley 29714 del 19/06/2011
Si esta afecta a aquellos descuentos establecidos por ley :
El Impuesto a la Renta por quinta categoría.Siempre que cumpla con los requisitos para su afectación
Siempre que en la sentencia del juez respectivo , lo indique.
Base legal :
(Ley 29351 (1), art. 1; D.S. 007-2009-TR, art. 2).
Lo que dice el proyecto 4495 del Ejecutivo
Se propone la exoneración temporal de los aportes al EsSaldu y pensiones a las gratificaciones por Fiestas Patrias y Navidad solo por el año 2015.
¿ Por que solo de manera " temporal "?
Esto debido a evitar la insolvencia en la ONP y en EsSalud.
Si esta exoneración se toma como permanente, necesariamente se deberán realizar los ajustes en las
tasas de aporte para poder garantizar la sostenibilidad financiera de estos sistemas de seguridad social, de manera que podamos asegurar el acceso adecuado de la población a estos servicios.
El Congreso de la Republica y su proyecto de exoneración a las gratificaciones
Desde el año 2012 esta pendiente para debatir en el Congreso un proyecto que pretende exonerar las gratificaciones de Julio y Diciembre de manera permanente.
Pero que a la fecha no ha sido debatido.
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