Dias feriados y no laborales en Diciembre 2013

Feriados no laborales para el sector Publico y Privado en Diciembre 2013

¿Cuáles son los días feriados en Diciembre 2013?

Son el 08 ( Inmaculada Concepción ) y el 25 Natividad del señor

En los feriados no laborables del día 08 y 25 de Diciembre 2013. ¿Se debe laborar esos días ?

Los trabajadores no están obligados a asistir a su centro de labores en dichos feriados.

¿ Me pagaran esos días por no haber ido a laborar ?

Esos días que no se trabaje deben ser remunerados como un día normal y sin descuentos.

¿ Debo recuperar las horas no laboradas por el 08 y el 25 de Diciembre ?

NO.

¿ Y qué pasa si el empleador nos ordena laborar esos días ?

Debe existir un acuerdo , no una orden .

Dicho acuerdo es entre los trabajadores que van a laborar y el empleador.

En ese documento se debe indicar que día se gozara del descanso respectivo por los feriados que se laboraran.

¿ Y si el empleador nos hace trabajar los feriados sin descanso sustitutorio ?

Si el empleador debe pagarle el triple.

Ejemplo : Por el día 08 de Diciembre

Si por un día normal a usted le abonan, por ejemplo, S/.50.

Por trabajar en feriado sin descanso sustitutorio le pagarán esos S/.50 ( por haber laborado ) , más S/50 por el feriado y como indemnización por no descansar S/ 50

Ejemplo : Por el feriado 25 de Diciembre

Si por un día normal a usted le abonan, por ejemplo, S/.50.

Por trabajar en feriado sin descanso sustitutorio le pagarán esos S/.50 ( por haber laborado ) , más S/50 por el feriado y como indemnización por no descansar S/ 50

¿ Que sucede si mi día de descanso semanal obligatorio coincide con el 08 o el 25 de Diciembre , y no laboro esos días?

Es este caso solo le pagaran el equivalente a un día de labor por el 08 y el 25 de Diciembre respectivamente.

No le pagaran doble :

01 por del Descanso semanal obligatorio

01 por el feriado.

¿ El sector Publico también gozara del 08 y el 25 de Diciembre 2013?

Si , las situaciones y forma de pago indicadas en este artículo también son aplicables para el sector Público

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Días no laborables compensables Diciembre 2013 ¿ Cuáles son los días no laborables compensables en Diciembre 2013?

Para el sector Público , extensible al sector Privado son el 30 y 31 de dicho mes.

Dichos días no laborables remunerados , están sujetos a recuperación de horas .

Usted debe recordar que : ========

Por D.S.123-2012-PCM se determina que los días 30 y 31 de Diciembre son días no laborable compensable para el sector público
=============================

Compensación de horas. Las horas dejadas de trabajar en los días no laborables establecidos en el artículo precedente, serán compensadas en la semana posterior a la del día no laborable, o en la oportunidad que establezca el titular de cada entidad pública, en función a sus propias necesidades

Servicios indispensables y atención al público. Sin perjuicio de lo establecido en los artículos precedentes, los titulares de las entidades del sector público adoptarán las medidas necesarias para garantizar
la provisión de aquellos servicios que sean indispensables para la sociedad durante los días no laborables señalados.  Días no laborables en el sector privado Los centros de trabajo del sector privado podrán acogerse a lo dispuesto en el presente Decreto Supremo, previo acuerdo entre el empleador y sus trabajadores, quienes deberán establecer la forma cómo se hará efectiva la recuperación de las horas dejadas de laborar, a falta de acuerdo decidirá el empleador. @ctualizate

Lic. Ricardo Candela Casas

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