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Mostrando las entradas etiquetadas como pensiones

¿Cuándo se pagará y quiénes recibirán fondo Complementario Jubilación minera este mes de Julio ?

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  Sistema  de Pensiones  Fondo Complementario Jubilación  Minero 2022: El viernes 15 de julio la Oficina de Normalización Previsional (ONP) realiza el pago correspondiente al Fondo Complementario de Jubilación Minera, Metalúrgica y Siderúrgica (FCJMMS), también conocido como el Bono Minero.  Este es entregado a pensionistas del Sistema Nacional de Pensiones - SNP (Ley N° 25009) y los del Sistema Privado de Pensiones -SPP (Ley N° 27252) que laboraron en minería, metalurgia o siderurgia. El fondo a repartir asciende a S/ 227 millones y se busca cubrir a 28 851 pensionistas, de los cuales 25 710 forman parte del SNP y 3141 del SPP. ¿ Cuál es la forma de pago del Bono Minero? Los pensionistas afiliados a las AFP recibirán este adicional en la misma cuenta en la que se les abonó en el 2021.  Asimismo, para los que forman parte de la ONP el bono será entregado en la misma cuenta donde mensualmente reciben sus fondos. Cabe señalar que el depósito se realizará a favor de las y los pensionistas

Incrementarían pensión de jubilados al igual que la Remuneración Mínima Vital

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  Agenda 19 del MTPE El Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE), a través del cumplimiento de la llamada Agenda 19, debe presentar máximo el próximo mes de junio los montos para el incremento de las pensiones, pedido de la dirigencia de los jubilados y las centrales sindicales. Entre los puntos planteados de esta Agenda 19 se encuentra la nivelación de pensiones de la ONP, ubicada en el puesto 10 que a la letra dice lo siguiente: 10 Proponer el aumento de las pensiones de los D.L. N.° 19990 y la Ley N.° 20530. El MTPE ha hecho suyo el histórico reclamo de los pensionistas de ambos regímenes y viene impulsando ante el MEF y la ONP la atención de ese problema.  De esta manera se sabe, que los montos de reajuste de pensiones están concluidos y en cualquier momento podría determinarse el aumento para los jubilados. Más aún si recordamos que existe una sentencia del Tribunal Constitucional (TC) que le dio al Gobierno un plazo de 3 años para otorgar dichos aumentos, fecha que se

Proponen crear un sistema previsional mixto con un “fondo semilla”

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  Este modelo, que no sustituiría a las AFP ni ONP, se financiaría con aportes públicos y privados. Beneficiará a las personas sin afiliación, ya sean trabajadores formales o informales. La Bancada de Podemos Perú presentó ante el Congreso un proyecto de ley que busca crear un nuevo Sistema de Financiamiento y Aseguramiento Previsional Mixto. Es de naturaleza mixta: pública y privada. Con vigencia para el beneficiario desde su nacimiento hasta su fallecimiento y con la finalidad de obtener una pensión digna”, se detalla en la iniciativa legislativa. Este modelo no sustituiría al Sistema Privado de Pensiones administrado por las AFP, ni al Sistema Nacional de Pensiones que corresponde a la ONP, sino que “lo complementa y tiene un carácter inclusivo y participativo”. Beneficiará a las personas sin afiliación, ya sean trabajadores formales o informales. El Sistema de Financiamiento y Aseguramiento Previsional Mixto estaría compuesto por tres pilares: fondo semilla, aportaciones derivadas

Gobierno propondrá la creación de nueva comisión de reforma de pensiones

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   La Comisión Nacional del Sistema Nacional de Pensiones estará integrada por el Poder Ejecutivo, Poder Legislativo y los propios pensionistas, con el propósito de elaborar una propuesta de sistema previsional, anunció el premier Guido Bellido Para saber más... Actualmente solo el 27% de las personas adultas mayores de 65 años recibe una pensión contributiva, incluyendo los regímenes público y privado. Si se suma el impacto del programa Pensión 65 y otros regímenes, el nivel de cobertura sube al 48.7% de las personas adultas mayores, también muy alejado del promedio regional de 70,8%. Del total de la PEA, un 30% no está afiliado a ningún sistema previsional. Es decir, casi 5 millones y medio de peruanas y peruanos no recibirán ninguna pensión en la vejez. Ademas un 41 % que, pese a estar afiliado, no cotiza. En resumen  más de 7 millones de personas no recibirán una pensión  cuando se jubilen.

Congreso promulga ley para que bomberos con 20 años de servicios reciban una pensión

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  La Ley Nº31329 establece que se entregará una pensión a los bomberos con 65 años de edad y que no estén afiliados a ningún sistema previsional. Según la Ley Nº31329 publicada hoy en el diario oficial “El Peruano”, los bomberos podrán acceder a una pensión siempre que cumplan determinados requisitos.  En primer lugar, la norma establece que deberán contar con 20 años de servicios ininterrumpidos como bombero voluntario. También deberán haber cumplido 65 años y no deberán afiliado a ningún sistema previsional como el Sistema Nacional de Pensiones (SNP), el Sistema Privado de Pensiones (SPP) u otro régimen pensionario creado o por crearse. Por otra parte, la mencionada ley dispone la modificación de los artículos 8 y 26 del Decreto Legislativo 1260. En cuanto al artículo 8, la norma plantea que los bomberos en actividad pasarán al retiro cuando cumplan 65 años. Mientras que para el artículo 26 se dispone que las causales para la vacancia del Intendente Nacional será haber cumplido 65 añ

Pensión 65: hasta el 27 de julio se podrá tramitar cambio de perceptor del subsidio

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  El Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (Midis) aprobó la versión actualizada de los “lineamientos de cambio de perceptor de los subsidios monetarios otorgados por el Programa Nacional de Asistencia Solidaria (Pensión 65). Mediante resolución directoral publicada en El Peruano se dispuso que podrá realizarse este trámite hasta el 27 de julio. Las solicitudes por cambio de perceptor se realizarán en la plataforma “https://casos.bono600.gob.pe/?id=8″. El objetivo es canalizar los casos registrados en la plataforma del subsidio monetario, para aquellos hogares cuyo perceptor seleccionado para su cobro presenta dificultades. ========== Catálogo manuales Legislacion laboral peruana 2021 Documentos  que le interesará... Ver información aqui 

Congreso aprobó eliminar pensión vitalicia para expresidentes

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  El pleno del Congreso aprobó, en primera votación, el texto sustitutorio de los proyectos de ley 254, 486 y otros que proponen eliminar la pensión vitalicia para los expresidentes de la República. La iniciativa legislativa contó con 91 votos a favor. Tras ello fue exonerado de segunda votación. El dictamen aprobado elimina la pensión vitalicia para expresidentes constitucionales de la República y deja sin efecto otros beneficios. Consta de tres artículos y una disposición complementaria final. Para ello, en su primer artículo, se deroga la Ley 26519, Ley que establece pensión para expresidentes constitucionales de la República; en el siguiente artículo se define que ellos “solo cuentan con el beneficio de resguardo policial durante el plazo que establezca la ley de la materia”. Seguidamente, modifica el numeral 6 del artículo 2 del Decreto Legislativo 1267, Ley de la Policía Nacional del Perú, con el fin de precisar que, a los expresidentes constitucionales de la República, “se les a

Pensión de invalidez por enfermedad profesional

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¿ Cuales son los requisitos  para oercibirla ? El nexo causal  El otorgar pensión de invalidez por enfermedad profesional se requiere que la dolencia forme parte de la lista de enfermedades profesionales vigentes. Sin embargo, si una afección no aparece en esa lista, pero se demuestra que existe relación de causalidad con la clase de trabajo que desempeña el trabajador o el ambiente en que labora, será reconocida como enfermedad profesional, de acuerdo con lo dispuesto por normatividad vigente. En cuyo caso corresponderá a las entidades pertinentes informar respecto de los casos que conozcan para que se la incluya en la propuesta de modificación de dicha lista. Fuente :   Casación Laboral Nº 1278-2018 Arequipa  . Sala Suprema Derecho Conemitidastitucional y Social Transitoria . Sobre  el caso : Un trabajador solicita se le asigne una pensión de invalidez por enfermedad profesional conforme a la Ley N° 26790. La lumbalgia  En primera instancia, el juzgado de trabajo declaró infundada la

Propuestas Congreso nuevo sistema pensiones en el Peru

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Sistema de Pensiones en el.Peru Los  cambios que plantea el Congreso para el nuevo Sistema de Pensiones De interes ... Una parte de las cuentas de cada afiliado –proveniente de las AFP y ONP– se rentabilizará en un fondo de riesgo compartido, que tiene un mecanismo redistributivo y solidario.  Empresas asumirán parte de aporte de trabajadores. Inicio del debate 26 Enero 2021  se inicia el debate en el Congreso del proyecto de Ley Marco del Sistema Integrado Universal de Pensiones (SIUP), que integra e incorpora al Sistema Nacional de Pensiones (SNP), al Sistema Privado de Pensiones (SPP), a Pensión 65 y al programa Contigo. Pattes del sistema pensiones en el Peru El nuevo sistema estatal funcionará con tres pilares: 1.el no contributivo universal, en el que está Pensión 65;  2.el contributivo obligatorio, a partir de los aportes de los afiliados, y  3.un pilar voluntario. Mas propuestas  Se propone que en el ámbito de los trabajadores dependientes, un porcentaje del aporte esté a cargo

Conozca ¿ Cómo funcionara el nuevo Sistema de Pensiones que plantea el Congreso ?

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  Los lineamientos generales. Habra un antes y un despues. La ONP solo comtinuara funcionando para los aportantes y pensionistas que esten en ese organismo hasta antes de  normado el nuevo sistema de pensiones. No ingresaran nuevos afiliados. Lo propio sucedera con los aportantes y Pensionistas de las AFPs No ingresaran nuevos afiliados. El nuevo.sistema de pensiones. Promulgada la norma, el sistema de pensiones tendra dos ejes : 1. Administracion del.sistema. Es decir del." Papeleo " y pago de pensiones. Sera la tarea de la  nueva entidad estatal  ( Organismo Público de Pensiones). Y los fondos ( la  rentabilidad  en la plata de aportes ) 2. El gestor financiero privado. Este gestor manejara los fondos ( rentabilidad ) . Se abre la posibilidad del ingreso de entidades bancarias. Se incluye en esta opcion a las AFPs. ¿ Como se elegira ? Como hacen actualmente con las AFPs, mediante una subasta para la gestion de los fondos . ¿ Quien ofrece mayor rentabilidad? Y ¿  cuando? Fal

Reajuste de pensiones DL 19990

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Norma : D.S. 139-2019-EF Publicado : 02/05/2019 Vigencia  : 01/06/2019 Reintegros : A ser pagados desde 01/07/2019 Reajuste de Montos de Pensiones Se reajustan los montos de pensiones comprendidas dentro del Sistema Nacional de Pensiones a que se refiere el Decreto Ley N° 19990 Reglas del reajuste de los montos de pensiones Para el reajuste de las pensiones se establecen las siguientes reglas: 1. La Oficina de Normalización Previsional (ONP) está facultada a efectuar el redondeo de las pensiones, al entero inmediato superior en el caso en que el monto de la pensión contenga céntimos. 2. El aumento rige a partir del mes de junio de 2019, y los reintegros son abonados en el mes de julio de 2019, de corresponder Pensión máxima La nueva pensión máxima desde Junio 2019 es de S/ 893.00 Hasta Mayo 2019  era de S/ 857.00 Pensión minima  La nueva pensión  mínima  desde Junio 2019 es de S/ 500.00 Antes era de S/ 415.00 Dictan disposiciones para el reaj

Régimen jubilación adelantada AFP vence 31 Diciembre

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Gobierno observó ampliación de jubilación adelantada en AFP Régimen, que había sido ampliado por tres años por el Congreso, vence este 31 de diciembre. ¿ Que paso ? El Gobierno envió hoy al Congreso la observación al proyecto de ley aprobado por el Congreso en noviembre pasado, el cual había ampliado por tres años más la vigencia del Régimen de Jubilación Anticipada (REJA) para desempleados en las AFP. Este régimen vence el 31 de diciembre del 2018, por lo que su ampliación regiría hasta fines del 2021. Si el Congreso no aprueba el proyecto de ley por insistencia antes del 31 de diciembre, desde el 1ro de enero del 2019 los afiliados ya no se podrían acoger al REJA por desempleo. ¿ Y por que fue observada la prorroga del REJA por el gobierno ? La observación enviada por el Gobierno señala que este régimen era "transitorio", pues desvirtúa el fin del sistema de pensiones que es la protección del afiliado durante la vejez. "La tasa de desempleo observ

Afiliados de AFP que retiraron el 95.5% podrán retornar al sistema previsional

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Según el dictamen aprobado por la Comisión de Economía del Congreso los afiliados tienen un plazo de seis meses para el retorno. La Comisión de Economía del Congreso aprobó el dictamen que permite que permite que los afiliados que decidieron retirar hasta el 95.5% de su fondo de AFP puedan retornar esos recursos al Sistema Privado de Pensiones (SPP). Origen de la propuesta  La propuesta surgió del Ejecutivo, a través del proyecto de Ley 3323/2018- PE, que es la Ley de modifica la Ley del Sistema Privado de Pensiones para ampliar la cobertura de protección al afiliado que dispone del 95.5% de su cuenta individual de capitalización. Dos nuevas modalidades de pensión Con la aprobación del dictamen se incorporó dos nuevas modalidades. 1.- Retiro Programado Retorno 95.5 ¿ En que consiste? a la que pueden acceder por única vez los afiliados que disponen del 95.5% del saldo disponible de Cuenta Individual de Capitalización (CIC), y que, de manera voluntaria, deciden retorna

Reajuste pensiones D. L. 20530

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Norma :     Decreto Supremo N° 011-2018-EF Sumilla :    Disponen reajuste de pensiones del Régimen del Decreto Ley N° 20530, de acuerdo a las disposiciones de la Ley N° 28449 y Ley N° 28789 y autorizan Transferencia de Partidas Publicado :  25/01/2018 =========================== ¿ Desde cuando es el reajuste ? A partir del mes de enero de 2018 ¿ Que requisitos debe cumplir el pensionista del D.L. Nro 20530 para acceder a dicho reajuste? 1.-   que hayan cumplido sesenta y cinco (65) años o más de edad, al 31 de diciembre de 2017, 2.-  El monto de la pensión percibida actualmente ,  su valor anualizado no debera exceder del importe de veintiocho (28) Unidades Impositivas Tributarias (UIT). Existe un limite  : En ningún caso, el valor anualizado de las pensiones después de efectuado el reajuste, que se define como la suma de las pensiones reajustadas, pensiones adicionales, gratificaciones o aguinaldos, bonificación por escolaridad y cualquier otro concepto que sea

Modificacion Compendio de Normas de Superintendencia Reglamentarias del Sistema Privado de Pensiones

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Las siguientes resoluciones han modificado el Título V del Compendio de Normas de Superintendencia Reglamentarias del SPP respecto de diversas materias: - Res. SBS Nº3667-2017: Información mínima de los estados de cuenta de los afiliados al SPP. Publicada : 25/09/2017 - Res. SBS Nº 3668-2017: Procedimiento de apertura de CIC de aportes voluntarios a través de medios electrónicos. Publicada : 25/09/2017

R.M. 295-2017-EF

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Modifican el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA de la Oficina de Normalización Previsional - ONP Norma : R.M. Nro 295-2017-EF Publicado : 25/08/2017 ==================== La R.M. 295-2017-EF/10 (publicada 25-8-2017) ha modificado el TUPA de la ONP con el objeto de adecuarlo a los cambios dispuestos por el D.S. 051-2017-PCM (información para la implementación progresiva de la interoperabilidad en beneficio del ciudadano) y los D.Legs. 1246 (medidas de simplificación administrativa), 1310 (medidas adicionales de simplificación administrativa) y 1256 (Ley de Prevención y Eliminación de Barreras Burocráticas). R.M. Nro 295-2017-EF Lima, 22 de agosto de 2017 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Ley Nº 25967, modificado por la Ley Nº 26323, se crea la Oficina de Normalización Previsional - ONP, reestructurada integralmente a través de la Ley Nº 28532 y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo N° 118-2006-EF, siendo definida como un Organismo Público Técnico Especiali

Modifican procedmiento retiro 95 % pensiones AFP

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Modifican el Procedimiento Operativo para el ejercicio de opciones del afiliado cuando accede a la jubilación por cumplimiento de la edad o accede al REJA, aprobado mediante Res. SBS N° 2370-2016  Resolución SBS Nº 5785-2016 Publicado : 07/11/2016 ________________________________ La Res. SBS 5785-2016 (pub.7-11-2016) ha modificado las Res. 2370-2016 y 3663-2016 que aprobaron  los procedimientos para el retiro de hasta el 95.5% del Fondo de Pensiones o acceso al Régimen de  Jubilación Anticipada (REJA) y el de disposición de hasta el 25% del fondo para la adquisición de un  primer inmueble. Resolución SBS Nº 5785-2016 (...) RESUELVE: Artículo Primero.-  Sustituir los incisos b), c) y h) del Artículo 1º, el inciso d) y el texto correspondiente al acápite d) del tercer párrafo del Artículo 5°, y los incisos b), e) y vi. del Artículo 8° del Procedimiento Operativo para el ejercicio de opciones del afiliado cuando accede a la jubilación por cumplimiento de l