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Mostrando entradas de agosto, 2024

Fondo de Jubilación minera para personal administrativo..

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  Congreso  de la República  Proyecto  de Ley  Se plantea el otorgamiento de pensión al personal administrativo de oficinas dentro del centro metalúrgico Mediante el Proyecto de Ley 8604-2024-CR presentada el día 13 de agosto de 2024, se plantea una ley que promueve el cumplimiento del otorgamiento del fondo de jubilación a trabajadores mineros, metalúrgicos y siderúrgicos, con la finalidad de modificar el inciso d) del artículo 3 del Decreto Supremo 029-89-TR, para precisar que los trabajadores que realicen laborales administrativas en oficinas que encuentren dentro del centro metalúrgico, también se consideren dentro de la norma, siempre y cuando se cumpla con el criterio de la acreditación de riesgo para su salud o intoxicación mediante certificado de salud. Por que esta modificacion   La motivación para esta iniciativa legislativo recae en la necesidad de indicar específicamente el personal que se puede incluir dentro de la normativa, debido que, como criterio para el fondo de jubi

Modificacion del destino del remanente en beneficio de los trabajadores participacion en utilidades

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  Participación en las utilidades   Plantean modificar el derecho de los trabajadores de participar en las utilidades de las empresas que generan rentas de tercera categoría Proyecto de Ley :8428/2023-CR Objetivo :  Se busca modificar el Segundo Párrafo del literal b) del Artículo 2° del Decreto Legislativo 892 “Decreto Legislativo que Regula el Derecho de los Trabajadores de Participar en las Utilidades de las Empresas que Generan Rentas de Tercera Categoría”. En  los siguientes términos: (…) b) 50% se distribuirá en proporción a las remuneraciones de cada trabajador.  A ese efecto, se dividirá dicho monto entre la suma total de las remuneraciones de todos los trabajadores que correspondan al ejercicio y el resultado obtenido se multiplicará por el total de las remuneraciones que corresponda a cada trabajador en el ejercicio. La participación que pueda corresponderle a los trabajadores tendrá respecto de cada trabajador, como límite máximo, el equivalente a 18 (dieciocho) remuneraci

Ingreso a planilla EsSalud locador asistencial presto servicios en Covid 19

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  Essalud Estado emergencia  sanitario Covid 19 Proyecto de Ley 8474-2023-CR Se busca reconocer el vínculo laboral permanente de aquel personal asistencial que se desempeño como tercero o locador en la emergencia sanitaria Resumen : El día 24 de julio de 2024, se presentó ante el Congreso de la República el Proyecto de Ley 8474-2023-CR. Objetivo : Se propone el reconocimiento del vínculo laboral permanente bajo el régimen laboral principal de EsSalud a los trabajadores asistenciales que prestaron servicios bajo la modalidad de terceros y/o locadores durante la emergencia sanitaria. Aplicación   :  La presente iniciativa legislativa será aplicada en aquellos trabajadores asistenciales que brindaron servicios directos de atención a pacientes de establecimientos de EsSalud, resaltando los beneficios que se generarían como la estabilidad laboral, la mejora en la calidad de atención, garantizando la reducción de errores médicos, tiempo de espera, entre otros, todo ello en aras de fortalece

Proyecto Banco de trabajadores

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    Se plantea la creación del Banco de Fomento de los Trabajadores buscando fomentar el ahorro Proyecto  Ley :8446-2023-CR Presentado ; El día 22 de julio de 2024, . Objetivo   :  Se planteó la creación del Banco de Fomento de los Trabajadores, con su acrónimo “Banco de los Trabajadores”. Esto con la finalidad que fomentar el ahorro y brindar créditos a costos sociales a los trabajadores aportantes, siendo su aplicación tanto para el sector privado, como el público. Aplicación   : - Del trabajador   Dentro de la iniciativa legislativa se detalló que los aportes serán de manera voluntaria y de hasta el 2% de sus remuneraciones. - Del empleador  Los empleadores quedan facultados de realizar los descuentos conforme a ley y realizar el aporte en nombre del trabajador al banco. Préstamos del Banco  Se precisa que, en relación a los préstamos, estos serán hasta 100 veces el monto aportado.

Negociación colectiva en sector público en busca paz laboral

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Sector Público  Negociación colectiva  Nivel descentralizado Proyecto  Ley  Derogatoria  artículo  28 de la Ley 32103 . Derogando las medidas en materia de negociación colectiva a nivel descentralizado por entidades públicas se fomenta la resolución pacífica de conflictos laborales Proyecto   : Proyecto de Ley 8528-2024-CR, Fecha       : Presentado el día 2 de agosto de 2024. Objetivo     : Se plantea   la derogatoria del artículo 28 de la Ley 32103, “Ley que aprueba créditos suplementarios para el financiamiento de mayores gastos asociados a la reactivación económica y dicta otras medidas”. El artículo que se desea derogar se encuentra vinculado a las medidas en materia de negociación colectiva a nivel descentralizado por entidad pública, por ámbito territorial o en el que las organizaciones sindicales estimen conveniente, ello con la finalidad de garantizar procesos de negociación justos y equitativos, además de fomentar la resolución pacífica de los conflictos laborales.  Asimismo,