Sigue vigente Estado Emergencia sanitaria contra COVID-19

 

La derogatoria del estado de emergencia nacional por el covid-19 fue establecida por el D.S. 130-2022-PCM  publicado   27/10/2022


La emergencia sanitaria 

Pero ,se mantienen vigentes las restricciones y disposiciones que dependen de la emergencia sanitaria, pues esta no se ha derogado.


¿ Hasta cuándo?

Esto teniendo en cuenta que la emergencia sanitaria se encuentra vigente hasta febrero del 2023.

Salvo que el Minsa derogue o recorte la vigencia de esta medida.


Medidas vigentes

Por consiguiente,  continúan rigiendo el trabajo remoto para grupos de riesgo ante el Covid-19 y  los esquemas de protección de los trabajadores a causa del covid-19, entre otras facilidades que dependen de la emergencia sanitaria.

Entre otras medidas de la emergencia sanitaria que continúan vigentes figura :

1. La suspensión de la obligación de realizar exámenes médicos preocupacionales en actividades de alto riesgo, salvo que no se hayan practicado en el último año por un centro o servicio médico autorizado, así como la suspensión de la obligación de hacer exámenes médicos ocupacionales periódicos, prorrogándose la vigencia de los que hubieran vencido o estén próximos a vencer


2. También  continúa rigiendo la potestad del empleador de modificar y establecer turnos de horarios de trabajo como medida de prevención contra el contagio del covid-19 respetando el derecho al descanso semanal obligatorio. 

3.  La posibilidad que tiene de continuar usando las tecnologías de la información para emitir documentos laborales.

4. Se mantiene la obligación de otorgar licencia con goce de haber compensable a los trabajadores del grupo de riesgo que no puedan desarrollar labor  por trabajo  remoto. 

5. Rige la suspensión de las auditorías en materia de seguridad y salud en el trabajo, 

¿ Qué debe hacer usted empleador ?

Los empleadores deben cumplir  todas las medidas de seguridad  establecidas en el Protocolo  para la vigilancia  salud de los Trabajadores. 

Si bien ya se han eliminado obligaciones concretas respecto al uso de las mascarillas o a la vacunación, es indispensable  que los empleadores, en sus planes de salud ocupacional, lleven a cabo chequeos periódicos y evaluaciones de acuerdo con lo que establece la ley para la protección de la salud de los trabajadores. 


La sunafil

De esta manera, los empleadores pueden evitar sanciones o multas por parte de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral.

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