El tribunal constucional y el FONAVI




Tribunal constitucional y el Fonavi



El Tribunal constitucional declaro inconstitucional la septuagésima segunda disposición complementaria final de la Ley Nro. 30114.

Dicha disposición ponía como limite el 31 de Agosto 2014 como plazo máximo para inscribirse en el padrón de aportantes al Fonavi.

En consecuencia , según el Tribunal constitucional determino que los aportes al  fonavi podrán  inscribirse en el registro respectivo hasta el 31 de agosto de cada año , para la programación  presupuestal del año siguiente hasta completar los 08 años fijados  por la Ley 29625 ( Hasta el 2018).

STC Nro. 0012-2014-PI/TC

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Comentarios

Unknown ha dicho que…
creo que es justo,pero se debe aclarar que los fondos del fonavi son los aportados por el trabajador y por el empleador. entonces tambien es necesario que mediante Decreto Supremo se publique el formato oficial para la eleccion del beneficio que ordena la ley del fonavi

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