Se declara nulo el concepto de situación económica de la empresa en el Cese por motivos económicos
Resumen : La Octava Sala Laboral Permanente de la Corte Superior de Lima, ha declarado nulo el artículo 1 del Decreto Supremo N° 013-2014-TR Esto tras considerar que ha modificado la esencia y naturaleza del cese colectivo por "motivos económicos", al pretender definirla con dos supuestos contrarios a los fines que se desprenden de los artículos 46 y 48 del TUO del decreto Legislativo N° 728, transgrediéndose y desnaturalizándose la figura del cese colectivo por "motivos económicos. Llego a dicha conclusión al resolver la demanda de acción popular interpuesta por Federación de Trabajadores Mineros, Metalúrgicos y Siderúrgicos del Perú (la Federación) contra el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo. Fuente : Proceso de acción popular con el expediente No. 660-2015 Sobre el caso : Demanda Acción de Amparo.. Con fecha 11 de diciembre de 2014, la Federación interpuso demanda de Acción Popular, solicitando se declare la inconstitucionalidad del artículo 1 del Dec