Reajuste pensiones D. L. 20530

Norma :     Decreto Supremo N° 011-2018-EF

Sumilla :    Disponen reajuste de pensiones del Régimen
del Decreto Ley N° 20530, de acuerdo a
las disposiciones de la Ley N° 28449 y Ley
N° 28789 y autorizan Transferencia de Partidas

Publicado :  25/01/2018
===========================


¿ Desde cuando es el reajuste ?

A partir del mes de enero de 2018

¿ Que requisitos debe cumplir el pensionista del D.L. Nro 20530 para acceder a dicho reajuste?

1.-   que hayan cumplido sesenta y cinco (65) años o más de edad, al 31 de diciembre de
2017,

2.-  El monto de la pensión percibida actualmente ,  su valor anualizado no debera exceder del importe de veintiocho (28) Unidades Impositivas Tributarias (UIT).

Existe un limite : En ningún caso, el valor anualizado de las pensiones después de efectuado el reajuste, que se define como la suma de las pensiones reajustadas, pensiones adicionales, gratificaciones o aguinaldos, bonificación por escolaridad y cualquier otro concepto que sea puesto a disposición del pensionista en el año, podrá superar el tope de veintiocho (28) Unidades Impositivas Tributarias (UIT) anuales.

¿ A cuanto asciende dicho reajuste?
El monto de dicho reajuste ascenderá a VEINTINUEVE Y 00/100 SOLES (S/ 29,00)

¿ Que sucede si el pensionista percibe mas de una pensión ?
 En caso de percibirse más de una pensión, el reajuste se hará sobre la pensión de mayor monto.


Comentarios

De Interes

Designación de centro asistencial asegurado Essalud

Bonificacion por escolaridad 2015 Normas reglamentarias

Manual Régimen Laboral Construcción Civil 2021-2022

Manual calculo y pago liquidacion beneficios sociales 2020